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Teatro Efac Ibagué 2021
Suministrada Efac

El Concejo de Bogotá aprobó una exención del impuesto predial para teatros y museos y anunció un incremento de la tarifa del impuesto para clubes que tienen un patrimonio de más de 10 mil millones de pesos.

La iniciativa establece una reducción del 100% en el gravamen, a partir del próximo año y hasta 2030, para inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, sean o no Bienes de Interés Cultural (BIC).

El cabildo distrital también aprobó un incremento en la tarifa del Predial a los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos.

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Esta decisión fue aprobada en la Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá donde por un lado, el Distrito propone establecer una exención del 100% en el impuesto predial, en inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, a partir de 2024 y hasta 2030.

También explicó en la decisión el Concejo que para obtener la exención, los requisitos que deben cumplir los teatros incluyen la declaración y pago oportunos del impuesto en años previos. 

Para el caso de los BIC, los museos deben hacer parte del listado que reporta el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC).

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Mientras para los no BIC, las condiciones incluyen que el predio debe destinarse a la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas; que el sujeto que realiza la actividad debe estar inscrito como productor permanente en el registro del Ministerio de Cultura; que la propiedad del inmueble debe estar en cabeza del productor inscrito en el Ministerio de Cultura o en cabeza de un museo, a primero de enero de cada vigencia, y exige presentar la declaración dentro de los plazos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).

De otro lado, la Comisión de las finanzas distritales aprobó el incremento progresivo en la tarifa del predial para los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos.

Para estos inmuebles regirá el principio de progresividad tributaria en la tarifa del impuesto, de tal manera que el incremento tarifario va aumentando durante los años 2024 y 2025, y dependerá del avalúo del predio.

El secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, afirmó finalmente que “el impacto fiscal de esta propuesta, en lo que tiene que ver con el aumento en la tarifa para estos inmuebles, sumaría un recaudo adicional por 79.751 millones de pesos para el período comprendido entre el 2024 y el 2033”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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