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Biciusuarios en Bogotá
Biciusuarios en Bogotá. Imagen de referencia.
Colprensa

Una nueva jornada del día sin carro y sin moto se llevará a cabo este 7 de febrero desde las 5:00 de la mañana hasta las 7:30 de la noche, en Bogotá.  

Transmilenio ha informado que para este día ya tiene planeada su operación, con el fin de asumir la demanda de usuarios que normalmente se movilizan en carros particulares y en moto por la ciudad.  

Durante las horas en las que estará vigente esta medida ambiental, se aumentará la oferta del servicio troncal alrededor del 4.6 % en relación con lo habitual. 

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La Secretaría de Movilidad tiene estimado que dejarán de circular este día 1'700.000 vehículos particulares y 480.000 motos.  

Pese a esta restricción existen una serie de carros que tendrán la posibilidad de circular durante esta jornada con total normalidad sin estar expuestos a la imposición de un comparendo por parte de la Policía de Tránsito.   

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Estos son los vehículos que podrán circular este jueves 7 de febrero sin ninguna restricción:  

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o como transporte.
  • Vehículos y motocicletas de emergencia
  • Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de los estudiantes. 
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros. 
  • Motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios. 
  • Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas de la Secretaría de  Movilidad. 
  • Caravana presidencial. 
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y organismo de seguridad del Estado. 
  • Vehículos y motocicletas asignados al cuerpo diplomático. 
  • Vehículos con blindaje de nivel 3 o superior. 
  • Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos. 
  • Carrozas fúnebres. 
  • Motocicletas vinculadas a empresas de servicio de mensajería debidamente identificadas. 
  • Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor. 
  • Vehículos y motocicletas de enseñanza automovilística. 
  • Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos.
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