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Habrá día sin carro y sin moto en Bogotá el 1 de febrero 

Foto: Colprensa



El próximo jueves 1 de febrero se llevará a cabo la jornada de día sin carro y sin moto en Bogotá que iniciará a partir de las 5:00 de la mañana hasta las 7:30 de la noche.

Las autoridades de tránsito impartirán comparendos a los que desacaten la medida con multas por un valor de $368.700.

El Distrito habilitará el circuito completo de la ciclovía dominical, que incluye 42 kilómetros de calzada completa y 33 kilómetros de carril segregado, además, de los 465 kilómetros de la red de CicloRutas, 11 de ellos podrán ser utilizados como conectores con el resto de la red.

Así mismo, 2.1 kilómetros serán habilitados en el nuevo piloto de la calle 8 sur, entre la carrera 50 y la NQS. En total, los biciusuarios tendrán más de 540 kilómetros exclusivos para movilizarse durante la jornada.

Transmilenio y SITP


La Administración Distrital indicó que se va a registrar un incremento del 5% de los usurarios de TransMilenio y un 20% en los buses del Sistema Integrado de Transporte, SITP.

Ante esa proyección que están haciendo las autoridades de movilidad de la capital del país, se alista un plan de contingencia en los sistemas masivos de transporte para evitar que se registre un colapso sobre el aumento de demanda.

(En Bogotá se prohibirá parrillero hombre en motos a partir de la próxima semana)


La estrategia de TransMilenio gira en varios puntos para garantizar la atención. Dentro de los más importantes, la operación del 100% de su flota disponible, un total de 2.992 buses distribuidos en 1.767 troncales, 265 duales y 960 alimentadores.

Otras medidas que pondrá en marcha TransMilenio son:

Se aumentará el periodo de máxima oferta en picos con operación del 100 % de la flota disponible, una hora más temprano en la mañana y una hora más tarde en la noche: entre las 5:00 am y 9:00 am y entre las 4:00 pm y las 8:00 pm.

Previendo que varias empresas flexibilizan sus horarios de entrada y salida con motivo de la jornada, TransMilenio aumentará la oferta de frecuencias troncales en los periodos valle, entre las 09:00 am y las 4:00 pm

 

Los servicios duales compartirán calzada con la ciclovía de la Carrera Séptima, por lo que operarán con normalidad por sus trazados para día hábil.

Los servicios de alimentación contarán con refuerzos en sus frecuencias, principalmente en las zonas de Engativá y Kennedy.

Los servicios de atención en vía (grúas y carrotalleres) estarán en máxima alerta para atender cualquier novedad operacional en las troncales.

TRANSMILENIO S.A. solicitó a su concesionario de taquillas en estaciones aumentar la disponibilidad de puntos móviles de validación, con el objetivo de reducir los tiempos de espera para ingreso a las estaciones.

Habrá refuerzo en el apoyo de Policía, con el objetivo de atender puntos de mayor complejidad operacional y en pro de la seguridad de los usuarios.

Como medida para agilizar el ingreso a estaciones y portales, se hace un llamado a los usuarios para que tengan recargadas sus tarjetas con saldo suficiente.

Mientas que el Sistema Integrado de Transporte Publico, SITP, implementará este plan de contingencia:

Durante la jornada se espera un incremento de usuarios cercano al 20 %. Toda la flota disponible, seis mil buses, estará operando durante los horarios pico extendidos.

Se aplicará el plan de desvíos que usualmente se genera en aquellas vías que van a estar cerradas por ciclovía.

Se dispondrá un esquema especial con el personal de operaciones que se ubican en los puntos críticos, para monitorear el comportamiento de la demanda y generar acciones para atender incrementos de demanda.

Todos los buses que están operativos saldrán a prestar el servicio y se gestionará su operación, como todos los días, desde los centros de control zonal.

Excepciones durante el Día sin Carro y sin Motos:


• Vehículos de transporte público.

• Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.

• Vehículos y motocicletas de emergencia.

• Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes. Estos deberán operar y estar plenamente identificados de conformidad con las normas que regulan el transporte escolar.

• Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de diez (10) pasajeros.

• Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.

• Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.

• Caravana Presidencial.

• Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.

• Vehículos y motocicletas
asignados al Cuerpo Diplomático.

• Vehículos con blindaje de nivel tres (3) o superior.

• Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
• Vehículos y motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado, y sólo durante la prestación del servicio.

• Carrozas fúnebres.

• Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería debidamente identificadas, o con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o plena identificación del conductor del vehículo.

• Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y cuenten con identificación, consistente en los logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o plena identificación del conductor del vehículo.

• Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.

• Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos. Automotores y motocicletas utilizados por la Secretaría Distrital de Ambiente o por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o quien haga sus veces, para la revisión, atención y prevención de emisiones y vertimientos contaminantes, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación, consistente en los logos pintados o adheridos en el vehículo y/o plena y pública identificación del conductor del vehículo.