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Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto
Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto
RCN Radio - Laura Rodríguez

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas por $28'434.103.236 a nueve empresas y 16 personas naturales, por violar la libre competencia y cartelizarse en el Programa de Refrigerios Escolares en Bogotá (PREB) del Plan de Alimentación Escolar (PAE), conducta ejecutada entre 2007 y 2017.

El superintendente Andrés Barreto afirmó que también fue sancionada sancionó la Asociación Colombiana de Empresas Proveedoras de Alimentos (Asoproval), por haber desarrollado y ejecutado un sistema tendiente a limitar la libre competencia en relación con los procesos de selección contractual del PREB.

En ese sentido, la SIC impuso las siguientes multas a los investigados:

Sanciones SIC
Sanciones SIC
Cortesía de la SIC

Barreto explicó que se pudo probar la existencia de un acuerdo entre Aerodelicias, Servicial, La Campiña, Catalinsa, Diseral, Ibeaser, Liber, Spress y Surcolombiana, cuya finalidad era eliminar la competencia en los procesos de selección contractual del PREB. 

“A través de este acuerdo, los infractores se distribuyeron las adjudicaciones de las zonas en las que fue divido el Distrito Capital de Bogotá para los procesos de selección del Programa de Refrigerios Escolares de la ciudad. Las empresas sancionadas idearon y ejecutaron de manera continuada una dinámica que afectó la libre competencia en 19 procesos de selección contractual”, aseguró el funcionario. 

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Según el informe de la SIC, las empresas incurrieron en las siguientes prácticas: 

Se coordinaron con el fin de repartirse las zonas a adjudicar en las que se encontraban divididos los procesos de selección que tenían por objeto atender el PREB.

La coordinación buscaba evitar la competencia entre ellos al momento de participar por cada zona a adjudicar en los diferentes procesos de selección, lo que derivó en una cantidad importante de zonas en las que se presentaba únicamente un oferente. Es decir, sin ninguna presión competitiva o sin efectuar competencia efectiva en aquellas zonas en las que concurrían como competidores.

El superintendente mencionó que, “solamente en el 38,52% de las zonas se presentó más de una propuesta que implicaba un ejercicio de competencia por el mercado. Este porcentaje decreció al 25% al tenerse en cuenta exclusivamente la concurrencia de propuestas que fueron habilitadas para competir en cada zona. Esto significó que en el 75% de las zonas a adjudicar no existiera pluralidad de oferentes”.

“En desarrollo de los procesos de selección del PREB durante el periodo investigado (2007-2017), las empresas infractoras se abstuvieron de ejercer competencia entre ellas. En efecto, resultaron adjudicatarias en la mayoría de los casos como únicos oferentes y sin presión competitiva alguna, lo cual impidió al Distrito acceder a mejores precios en el marco de los procesos de selección”, mencionó.

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A renglón seguido, Barreto dio a conocer que, “en el marco de la coordinación, los sancionados ejercieron actos encaminados a evitar que el Distrito modificara la modalidad de contratación a mecanismos que buscaban incrementar la competencia en las zonas del PREB a adjudicar”.

“Las empresas sancionadas utilizaron como vehículo de coordinación a la Asoproval, con la finalidad de mantener la estructura ilícita del acuerdo frente a los cambios de la entidad contratante, y así evitar que la estructura de los procesos se modificara en perjuicio de sus intereses”, concluyó.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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