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Patineta eléctrica en Bogotá
Patineta eléctrica en Bogotá
Colprensa

La Secretaría de Movilidad informó que, teniendo en cuenta el estado de calamidad pública declarado por la pandemia, se dará un permiso temporal para el alquiler de bicicletas o patinetas eléctricas.

La empresa interesada debe solicitar el permiso temporal mediante un formato establecido. En la solicitud debe indicar las especificaciones y el número de vehículos a utilizar.

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"La empresa interesada debe enviar los requisitos solicitados a la Secretaria de Movilidad. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, se expedirá un acto administrativo con la autorización temporal para el alquiler de vehículos de micromovilidad: patinetas o bicicletas", dice la entidad.

 

Los requisitos para obtener el permiso son:

Póliza de seguros para usuarios y terceras personas, que cubra los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que se causen tanto a terceras personas como a usuarios durante el periodo del permiso.

"Cumplimiento del estándar MDS (Mobility Data Specification) para intercambio de información: protocolo utilizado en múltiples ciudades del mundo en donde las empresas y las entidades gubernamentales comparten información de los vehículos y los viajes para realizar el seguimiento a la operación de estos servicios y generar insumos de planificación para las ciudades”, agrega la Secretaria de Movilidad.

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Si la empresa no tiene el MDS, no se le podrá conceder el plazo de 45 días para cumplir el requisito.

Las empresas tendrán que presentar un protocolo de bioseguridad que cumpla con lo establecido por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital. El énfasis debe ser la desinfección de las patinetas o bicicletas.

"Todos los vehículos de micromovilidad deberán contar como mínimo con freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible", explica el Distrito.

Las empresas deberán informar a sus usuarios sobre cómo usar de forma adecuada y segura las patinetas y las bicicletas: "El estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público, ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén".

"No se debe estacionar en vías en las que haya señales de prohibido parquear, tampoco sobre andenes, antejardines, parques y plazas o frente a entradas y salidas vehiculares, accesos a predios, rampas peatonales, paraderos escolares, hidrantes, hospitales, bancos, embajadas o instituciones militares", dice el Distrito.

Fuente

Sistema integrado de información

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