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Mono Naruto
Mono Naruto.
WILDLIFE PERSONALITIES/DAVID J SLATER

Un juzgado de California (EE.UU.) dictaminó que el mono Naruto, famoso en todo el mundo por haberse tomado varios selfis, no puede beneficiarse de los ingresos que generaron esas imágenes ya que los animales no pueden acogerse a la protección de las leyes de derechos de autor.

Este singular caso comenzó cuando en 2011 el fotógrafo británico David Slater instaló su cámara en una selva en Indonesia y la dejó preparada para que los monos pudieran manipularla y jugar con ella.

Fue así como el mono Naruto se convirtió en toda una celebridad y en un fenómeno de las redes sociales al tomarse varios autorretratos con la cámara de Slater.

Sin embargo, la organización Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA, en inglés) reclamó en 2015 ante los tribunales que el mono tenía derecho a beneficiarse de los ingresos derivados de esas imágenes.

La denuncia de PETA iba dirigida contra Slater, su empresa Wildlife Personalities, y la editorial Blurb, que publicó un libro con las imágenes.

La demanda de la organización animalista no ha encontrado, por el momento, el respaldo de las cortes, y se conoció la decisión en su contra, por dos votos frente a uno, del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU., con sede en San Francisco.

En su escrito, el juez Carlos Bea argumentó que el mono Naruto, "y en general los animales que no sean humanos", carecen de la cobertura legal para estar protegidos por las normas de derechos de autor.

No obstante, esta decisión judicial no es definitiva y contra ella cabe recurso, primero ante el pleno de los jueces del tribunal de apelaciones y luego ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos.

Fuente

EFE

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