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26 hallazgos Administrativos, 1 Penal y 8 disciplinario halló la contralóría en contratos firmados entre 2009 y 2011

La Contraloría General de la República en solicitud de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes del Congreso Nacional entregó los resultados del control excepcional realizado a los convenios firmado por la Gobernación del Meta durante las vigencias 2009 – 2010 – 2011), en el que se establecieron 26 hallazgos Administrativos, de los cuales 1 tiene alcance Penal y 8 posible alcance Disciplinario, que serán trasladados a la Procuraduría y la Fiscalía General de la Nación. El ccontrol Excepcional lo inició la Contraloría General de la República en abril de 2013 a los convenios que se establecieron para el Sector Agropecuario

La Contraloría General de la República, como resultado del Control Excepcional al Departamento del Meta, conceptúa que los procesos contractuales citados anteriormente, exteriorizan una planeación inadecuada, los estudios previos no poseen el rigor que investigaciones de esta naturaleza deben poseer; las Uniones Temporales con las que se contrató se escogieron sin los análisis y exámenes que permitieran concluir con una selección objetiva.

El documento de idoneidad donde se revelarían las condiciones técnicas y administrativas del contratista, en algunos casos no existen y en otros carece de motivación y de las características esenciales para dar cuenta de la objetividad en la selección del contratista. En la ejecución contractual las supervisiones fueron laxas, generando dudas sobre el cabal cumplimiento de los objetivos y la calidad de lo ejecutado.

Se logró confirmar que en la ejecución de algunos de los convenios examinados se causaron y registraron contraprestaciones directas a favor de la Gobernación, situación proveniente de la fase de Planeación, situación que no permitía generar los procesos contractuales acudiendo a lo señalado en el artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 777 de 1992, sino utilizar los mecanismos de la Ley 80 de 1993.

Así mismo se evidenció que algunos de los procesos contractuales fueron objeto de subcontratación a pesar de la exigencia sobre la especialidad establecida en el Artículo 355 de la Constitución y las normas que lo reglamentan, señalan como característica de estos convenios el de ser de “Intuito Personae”, por cuanto, teóricamente el contratista debe ser elegido en consideración a la idoneidad que detenta para ser el más favorable para la administración y es por eso que se debe asegurar que sea la persona seleccionada la que ejecute los objetivos contratados bajo las condiciones y características anotadas.

En razón a los resultados de los exámenes, es evidente que la contratación que se analizó fue improcedente, que hubo una falta de control en el cumplimiento de los convenios y que se transgredió el principio de planeación.

La Gobernación del Departamento del Meta realizó convenios por un sistema distinto a que legalmente corresponde, no dio cabal cumplimiento al principio de Planeación, en los estudios previos no se determinaron claramente las calidades de los contratistas y los seleccionados no supieron demostrar su idoneidad. Durante la ejecución no se dio la supervisión requerida y los contratos se ejecutaron por subcontratistas.

En desarrollo de la presente actuación, se establecieron veintiséis (26) hallazgos Administrativos, de los cuales uno (1) tiene posible alcance Penal y ocho (8) posible alcance Disciplinario, que serán trasladados a las autoridades competente

La entidad debe preparar y presentar un Plan de Mejoramiento, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en este informe.

El Plan de Mejoramiento debe presentarse a través de la Gerencia Departamental Colegiada del Meta, de la CGR, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo del informe.

Una vez recibido el referido Plan, la Gerencia Departamental Colegiada del Meta deberá remitirlo a la Contraloría Departamental del Meta, para efectos del respectivo seguimiento, y copia informativa a la Contraloría delegada para el Sector Agropecuario – CGR.

El aludido Plan de Mejoramiento debe contener las acciones y metas que se implementarán por parte de la entidad, las cuales deberán responder a cada debilidad detectada y comunicada, el cronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo, según firma Luis Alberto Higuera Malaver Contralor Delegado para el Sector Agropecuario.


La auditoría a que se refiere el presente informe se enmarca dentro del control excepcional al Departamento del Meta y los convenios examinados por la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, se relacionan a continuación:

CONVENIO FECHA CONTRATANTE CONTRATISTA
1644 09/10/2009 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL GRANJAS 2009
1691 23/10/2009 CENTRO DE DESARROLLO HUMANO PARA LA COMPETITIVIDAD IRACA CORPORACIÓN DE VIDA Y CULTURA CORPOVIDA
1494 15/10/2010 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL UCEBUL Y LA FUNDACIÓN EDUCATIVA PARA LA EQUIDAD Y EL DESARROLLO RURAL
1111 25/05/2011 DEPARTAMENTO DEL META CORPORACIÓN DE VIDA Y CULTURA CORPOVIDA
1237 21/06/2011 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL OPERACIÓN GRANJAS METENSES 2011
1301 24/06/2011 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL FOMENTO PRODUCTIVO AGROINDUSTRIAL EN EL META
1389 28/06/2011 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL UCEBUL Y LA FUNDACIÓN EDUCATIVA PARA LA EQUIDAD Y EL DESARROLLO RURAL
1447 11/10/2011 DEPARTAMENTO DEL META CORPORACIÓN FORJAR COLOMBIA CORFOCOL
1471 29/06/2011 DEPARTAMENTO DEL META CORPORACIÓN DE VIDA Y CULTURA CORPOVIDA
1973 12/11/2009 DEPARTAMENTO DEL META UNION TEMPORAL KUAIKUAIJAIYA 2010. REPRESENTANTE SANDRA PATRICIA RODRIGUEZ

Los hallazgos se dieron a conocer oportunamente a la entidad dentro del desarrollo de la auditoría.