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Cuál es el sistema de salud de los presos en Colombia
Los presos son afiliados al régimen subsidiado con contributivo.
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Muchos se ha cuestionado sobre las condiciones que viven algunos presos en las cárceles del país, pues en muchas ocasiones no cuentan con celdas óptimas para dormir, e inclusive comedores o espacios de esparcimiento mientras cumplen su condena, lo que en su mayoría podría causar afectaciones a la salud. 

No obstante, hay muchas dudas al respecto sobre algunos temas con los presos como el caso del derecho a la a salud, ya que por las condiciones en las que pueden encontrarse, algunos reos pueden enfermar constantemente.  

Cárcel
Uno de los asesinados en Bogotá estaba en prisión domiciliaria
Pexels

Sin embargo, el Ministerio de Salud se ha atenido a las sentencias T-153, T-606 y T-607 determinadas en el año 1998 por la Corte Suprema de Justicia, en la que insta que el INPEC junto con los ministerios de Justicia, Hacienda y el Departamento de Planeación Nacional, hacer los trámites administrativos para la construcción y prevención de los modelos del servicio general de salud que garantice la atención a los reclusos del país.  

Esto indica que toda persona que este privada de la libertad tendrá derecho a la afiliación al sistema General de Seguridad Social que se hará bajo el régimen subsidiado por medio de las EPS ya sea subsidiada o contributiva. Esto también beneficiará a los menores de tres años que convivan con su progenitora al interior de un centro de reclusión.  

Si un preso se enferma, ¿tiene EPS?
Si un preso se enferma, ¿tiene EPS?
Imagen de referencia

Pero para hacer esta afiliación se deberá hacer un censo poblacional de acuerdo a las especificaciones que rige el Ministerio de Salud y Protección Social, en las cuales se incluya información de una base de datos que garantice el registro o los reportes de las novedades que puedan afectar esta lista. 

Ente otras cosas, los traslados hacía las EPS deben ser informados por el INPEC a la entidad a la cual está afiliada el reo o hacer el respectivo registro de afiliación. En ese momento recibirán la UPC que corresponde al traslado del recluso.  En ese sentido este es el único sistema de salud al que puede recurrir una persona privada de su libertad, por lo que no puede acudir a pedir citas o traslados a médicos particulares. 

 

En ese sentido, los presos que estén afiliados estarán en nivel I de los programas sociales del Sisbén por lo que estarán eximidos de hacer pagos de cuotas moderadoras, según lo determina el artículo 14 de la Ley 1122 de 2007.

Fuente

Sistema Integrado Digital

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