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El alcalde de Medellín, Daniel Quintero
Cortesía: Alcaldía de Medellín.

Tras verificar el cumplimiento de los requisitos, la Sala Segunda de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Medellín admitió la tutela interpuesta por el alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría, por la presunta vulneración del derecho al “debido proceso administrativo, a la defensa y contradicción y a elegir y ser elegido”. 

El abogado del alcalde, Alfonso Portela, reiteró que hubo irregularidades en las planillas. "Hay situaciones en el informe que nos permiten concluir que no se evaluaron unas inconsistencias. Por esa razón, no se satisface el debido proceso con dicha decisión, así que se hace necesario acudir a otra instancia", señaló. 

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Recordó que la tutela es un “mecanismo ágil y eficaz” para la protección de los derechos fundamentales y que en el transcurso del trámite, “se debatirá si asiste o no razón al accionante”.  Los accionantes y vinculados tendrán un día para ejercer el derecho de defensa y contradicción.  

Entre tanto, el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad negó por improcedente la tutela interpuesta por doce ciudadanos contra la Registraduría, al denunciar que sus firmas fueron suplantadas para promover la revocatoria del alcalde de Medellín. 

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En su cuenta de Twitter, Andrés Rodríguez, uno de los promotores de la revocatoria, escribió que "negaron la acción de tutela dónde exigían parar la revocatoria de Daniel Quintero y ensuciar un proceso sano y transparente". 

Los accionantes habían solicitado que se dictara una medida cautelar urgente, en la que se ordenara la suspensión del proceso. Invocaron la presunta violación a los “derechos humanos fundamentales a la libre participación del ejercicio político, buen nombre y habeas data”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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