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Dani García Pulgarín.
Dani García Pulgarín.
Cortesía: Dani García Pulgarín.

La politóloga Dani García Pulgarín, de 41 años, es la persona que interpuso la acción de tutela que llegó a la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional que ordenó a la Notaría Novena de Medellín y a la Registraduría incorporar el marcador “no binario o NB” en el componente “sexo” del registro civil de nacimiento y de la cédula de ciudadanía.  

El recurso hizo parte de su tesis de maestría en Educación y Derechos Humanos. Aunque su pretensión era que se reiterara el dato del “sexo” en sus documentos, Dani quedó satisfecha con la decisión del alto tribunal. 

"En esa época, había unas personas que manifestaban el tema de lo no binario. Creo que la Corte asume que nos movemos en ese ámbito y por eso toma la decisión de generar una categoría que pueda incluir otras posibilidades, diferentes a femenino y masculino", dijo. 

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En 2010, Dani se cambió el nombre y, cinco años después, corrigió el componente “sexo” de sus documentos por “femenino”. Sin embargo, esta modificación implicó “varios escenarios de desconocimiento de sus derechos”.

"Si voy al servicio de salud, no me mandan un examen de próstata porque eso no se lo hacen a las mujeres porque así aparezco en el programa. Ese tipo de situaciones hacen que sienta una incomodidad hacia el sistema".

La activista, quien vive con su madre y su hermano en la comuna Robledo de Medellín, dijo que su familia ha respetado sus decisiones.  "Nunca me han abandonado. No conocen mucho ni entienden la lucha política como activista, pero de cierta forma acompañan". 

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La Corte Constitucional ordenó a la notaría hacer el cambio en un término de ocho días y a la Registraduría, en un mes. En la decisión se exhortó al Congreso para que regule aquellos derechos de la “población con identidades de géneros no binarios”. 

Dani argumentó que  ha sido víctima de “humillaciones” porque su apariencia “no coincide plenamente con el imaginario social sobre las características del sexo femenino”, violentando sus derechos a la “dignidad humana, a la persona jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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