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Investigan a cuatro funcionarios por hechos de corrupción en la Fiscalía.
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El Juzgado Primero Penal Municipal de Girardota ordenó a la Alcaldía de Bello suspender de "manera inmediata" el decreto que restringió la circulación de buses intermunicipales por la Autopista Norte, mientras dure el proceso ordinario en el "término máximo de cuatro meses".

La acción de tutela fue interpuesta por Transporte Barbosa Porcesito, Transmeba S.A., Expreso Girardota S.A. y Coonatara.

En contextoCopacabana, Girardota y Barbosa enviaron SOS por restricción en Autopista Norte

Los alcaldes de Girardota, Barbosa y Copacabana habían enviado un S.O.S por las graves afectaciones para sus habitantes que requieren ir a Bello a trabajar o al médico. El mandatario de Girardota, Vladimir Jaramillo, explicó que muchas personas han tenido que pagar doble pasaje.

"Nos están obligando  al desvío por la variante, donde se pone en riesgo y peligro, la vida de todos los habitantes de Copacabana, Girardota y Barbosa, que tienen que interactuar con todos los servicios que presta Bello", señaló Jaramillo.

Las partes procesales pueden impugnar la sentencia dentro de los tres días siguientes a la notificación, sin perjuicio de su cumplimiento inmediato. 

En la misma sentencia, la juez negó por improcedente la acción de tutela instaurada en contra del Área Metropolitana, autoridad de movilidad de los diez municipios del Valle de Aburrá. De hecho, los alcaldes de los tres municipios afectados habían pedido la intermediación de la entidad para levantar la restricción en Bello.

Restricción

A través de un decreto, Bello solo autorizó el paso de buses intermunicipales, en ambos sentidos, entre las 7 de la noche y las 7 de la mañana. De resto, deberán tomar la Regional, entre la estación Niquía y la glorieta de Solla.

Las rutas integradas del Metro y de las empresas Bellanita y Transportes Hatoviejo, están exentas de la restricción.

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El medida, según la Alcaldía, pretende “racionalizar el uso de las vías, brindando mayor fluidez a la circulación vehicular, mitigando los efectos como la congestión, la emisión de gases contaminantes, la accidentalidad y la contaminación auditiva”. Infringir la norma tiene una multa de 414 mil pesos.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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