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El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Medellín revocó en segunda instancia la sentencia del pasado 20 de mayo, proferida por el Juez 45 Penal Municipal, con Funciones de Garantías, favoreciendo así a la plataforma ‘Medellín me Cuida’.

Juan Sebastián González Flórez, subsecretario de Tecnología y Gestión de Información de la Alcaldía, explicó que con la decisión, el juez de segunda instancia negó el amparo constitucional a Catalina Roldán, quien interpuso la tutela solicitando el amparo de sus derechos fundamentales al habeas data, la intimidad, la libertad y el trabajo. 

"Con este fallo se demuestra el trabajo juicioso y responsable del equipo que lidera la estrategia 'Medellín Me Cuida', en cumplimiento de la Constitución y ley con el único propósito de salvaguardar la vida de los ciudadanos", señaló González Flórez.

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Argumentó el Subsecretario que mediante impugnación la administración municipal presentó sus argumentos jurídicos, ante el Juzgado Quinto penal, sustentando el uso y el cuidado de los datos que fueron consignados por las personas en la plataforma 'Medellín me Cuida' para retornar a sus trabajos. 

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En esta segunda instancia el juez manifestó que,  "la vulneración o no del habeas data, advierte el operador judicial que de antaño la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sido enfática en la finalidad que implica el tratamiento de datos personales.  Y este principio se encuentra más que garantizado por la Alcaldía de Medellín, al establecer que la dirección física en el marco de la emergencia ocasionada por el virus del COVID-19 tiene como finalidad realizar los cercos epidemiológicos correspondientes, en el entorno residencial y laboral".

Agregó el funcionario que con la decisión se concluye el proceso judicial sobre la acción de tutela, que finalmente favoreció a la Alcaldía y su plataforma ‘Medellín me Cuida’. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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