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Autoridades en Boyacá hacen recomendaciones frente al uso de pólvora

Las personas que compren artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos en lugares, fecha u horario distintos a los autorizados por las Alcaldías Municipales; se verán expuestos a las sanciones de ley, incluyendo su decomiso.

Mediante circular suscrita por el Gobernador, Juan Carlos Granados Becerra, el secretario de salud Guillermo Orjuela Robayo, la Procuradora regional de Boyacá Adela Luz Ramírez Castaño, el jefe de la oficina asesora Gestión del Riego, Alirio Rozo Millán y el comandante de Policía de Boyacá, Coronel Carlos Antonio Gutiérrez Martínez; advierten a la comunidad boyacense sobre el manejo de pólvora , artículos pirotécnicos y/o fuegos artificiales durante las festividades de fin de año en el departamento de Boyacá.

Algunas de las recomendaciones que hacen las autoridades en Boyacá son:

Verificar que los permisos para la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y uso de pólvora sean expedidos por autoridad competente y que los mismos se encuentren vigentes, existiendo la prohibición absoluta de producir, fabricar, usar y/o comercializar artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fosfora blanco.

En caso de presentarse algún tipo de lesión por manipulación y/o uso inadecuado de pólvora, reportar de inmediato el mismo a las entidades de socorro quienes prestarán la atención respectiva según los protocolos establecidos y en los artículos según el marco normativo vigente.

Advertir a las Entidades Prestadoras del Servicio de Salud, que cuando un menor resulte con quemaduras y daños corporales por el uso de artículos pirotécnicos, los centros de salud y hospitales públicos y privados, están obligados a prestar de inmediato la atención médico-hospitalaria de urgencia que requiera, sin que se pueda aducir motivo para negarla.

La venta y uso de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a menores de edad y/o personas en estado de embriaguez; está prohibida, motivo por el cual y en el caso de los menores de edad, los padres y/o tutores podrán verse avocados a las sanciones de orden civil y/o penal establecidas en el marco normativo vigente, las cuales incluyen la perdida de la patria potestad.