Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Cámara aprobó facultades a la Policía para ingresar a viviendas sin orden judicial

Foto AFP


La comisión primera de la Cámara de Representantes aprobó el Código de Policía en su penúltimo debate, solamente le restará superar la plenaria de esta corporación para actualizar el código que tiene una vigencia de 40 años.

Luego de cerca de 5 horas de debate, esta actualización del Código de Policía busca fijar las nuevas normas de convivencia y seguridad ciudadana, son cerca de 250 artículos que empezarían a regir luego de su aprobación en la plenaria de Cámara.

Los congresistas le dieron vía libre a los 15 artículos más polémicos que habían quedado pendientes de la iniciativa para que esta hiciera su tránsito a la Cámara de Representantes. (Lea aquí: Con nuevo código la Policía actuará con más eficacia: MinDefensa)

Entre los puntos controversiales que se aprobaron están: el permiso para que la Policía pueda ingresar a un domicilio sin previa orden judicial y las facultades para que las autoridades puedan detener y trasladar, por protección, a una persona ebria o fuera de conciencia cuando su vida o la vida de terceros corran peligro.

El nuevo Código de Policía incluye sanciones y multas para los colados en TransMilenio, para quienes pinten grafitis en propiedad privada, medidas contra tabernas, discotecas y prostíbulos que alteran la convivencia.

También hay un artículo curioso que estipula que “las autoridades de policía podrán ejercer el control en el ingreso o salida de las salas de cine o sitios abiertos al público, para verificar que las personas asistentes correspondan a la clasificación que determina el Comité de Clasificación de Películas.”

Otro artículo habla sobre albergues para animales domésticos o mascotas y menciona que “en todos los distritos o municipios se establecerá un lugar seguro por cuenta de la administración distrital o municipal, a donde se llevará todo animal doméstico o mascota que penetre predios ajenos o vague por sitios públicos y se desconozca quién es el propietario o tenedor del mismo. Si transcurridos treinta (30) días calendario, el animal no ha sido reclamado por su propietario o tenedor, las autoridades lo declararán en estado de abandono y procederán a promover su remate, adjudicación o adopción”.