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Senado aprueba artículo que garantiza curul a candidato presidencial perdedor en las elecciones

La plenaria del Senado que está debatiendo la reforma al equilibrio de poderes aprobó el artículo que le da una curul en el Congreso al candidato presidencial y vicepresidencial que haya quedado en segundo lugar en las elecciones.

El artículo 41 también aplica para los candidatos a gobernaciones y alcaldías que obtendrían curul en las asambleas departamentales y concejos municipales, respectivamente.

"Los candidatos a Presidencia, Vicepresidencia, Gobernadores, Alcaldes que queden de segundos podrán tener una curul en el Senado, cámara de Representante, Asambleas y Concejos. La votación quedó así 61 a favor y 3 en contra", dice el texto dentro de la reforma de poderes.

También fue aprobado el artículo 6 de este proyecto constitucional donde dice que los servidores públicos no podrán nombrar como empleados ni contratar a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad.