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Corte obliga a centros comerciales a no discriminar expresiones de afecto entre homosexuales

Foto: AFP


Con el fallo a favor de una acción de tutela, la Corte Constitucional reconoció los derechos de un joven homosexual barranquillero y determinó que el Centro Comercial Portal del Prado deberá presentar excusas públicas por haber incurrido en un acto de discriminación sexual.

La decisión del alto tribunal sienta un precedente y determina la forma en la que deberán actuar los jueces de la República frente a este tipo de casos.

El hecho que originó la acción de tutela se presentó en enero de 2015, cuando el joven demandante entró a uno de los baños de hombres del establecimiento comercial y fue interpelado por uno de los vigilantes del lugar para que saliera de allí, prohibiéndole hacer uso del baño y acusándolo de estar protagonizando actos obscenos.

El caso llegó a estudio por parte de la Corte luego de que un juez de segunda instancia en Barranquilla fallara en contra del demandante, como consecuencia de una apelación que hizo el centro comercial, al señalar que la presunta víctima no tenía cómo demostrar la agresión que decía haber sufrido.

Sin embargo, la lectura de la Corte reconoce que aunque no cuente con elementos de juicio suficientes para dar por sentado que la agresión se presentó, "es lógico suponer que el hecho sí tuvo lugar, pues no de otra manera el demandante se hubiera arriesgado a ponerse en boca de todos para demostrar que fue víctima de discriminación por su condición sexual".