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Edificio Aquarela
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El juez noveno de Control de Garantías decidió dejar en libertad al Curador Urbano N° 1 Ronald Llamas, al arquitecto Claudio Restrepo y al empresario Lucas Tamayo, implicados en las presuntas irregularidades de la aprobación de licencias de construcción del proyecto Aquerella, en cercanías al Castillo de San Felipe.

Durante la diligencia, el togado no acogió los argumentos de la Fiscalía que señalaban que el curador Ronald Llamas había violado la ley al expedir varias licencias de construcción, y explicó que el funcionario basó su decisión en el Plan de Ordenamiento Territorial, lo que no supone un desconocimiento de la norma, sino un enfrentamiento de interpretaciones.

El juez también aseguró que no hay cabida a delito cuando se trata de diferencias de conceptos, sino únicamente cuando haya la intención de expedir una norma en contra de la ley, "la discusión por conceptos no puede ser objeto de asuntos penales" y que para ello están las instancias administrativas.

Otro de los argumentos reprochados fue la utilización de la resolución 043 de 1994 del Ministerio de Cultura, que señala la periferia histórica de Cartagena y la aprobación que se requería del Consejo Nacional de Monumentos, porque en el proceso administrativo en contra de los constructores de Aquerella nunca ha sido mencionado.

Para el juez tampoco hay urbanización ilegal debido a que el representante legal de la Promotora Calle 47, Lucas Tamayo, y el arquitecto Claudio Restrepo, hicieron todos los trámites exigidos por el curador urbano para la aprobación de licencias de construcción del proyecto urbanístico Aquarella.

El togado rechazó la relación que hizo la Fiscalía del caso Aquarella con el Clan Quiroz, recientemente procesados por urbanización ilegal, porque estos últimos sí tenían intenciones de violar la ley y falsificar licencias de construcción, y que la jurisprudencia no puede aplicarse a los implicados ahora por este proceso.

Sobre la falta de claridad en la normativa urbanística en cercanías al Castillo de San Felipe, el juez advirtió que no son responsables los constructores, sino de las autoridades locales de Cartagena por no regular a tiempo, explicó que el reproche ahora solo puede quedarse en el ámbito ético, pero no legal.

Para el togado, los recursos naturales 'paisaje' y 'hombre', presuntamente afectados, no están considerados en el delito imputado por la Fiscalía, y aunque si puede haber una afectación al 'suelo', el informe ambiental está sustentado e referencias bibliográficas, pero no se ha verificado el impacto negativo porque nunca hubo toma de muestras.

Fuente

RCN Radio

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