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Este lunes nuevo pico y placa para vehículos particulares hasta los sábados en Cartagena

El nuevo pico y placa para vehículos particulares que incluye los sábados que entra regir a partir de este lunes se extenderá el 2 de diciembre de 2017.



El decreto que restringe la circulación de vehículos particulares, operará de lunes a sábado, exceptuándose los días feriados, en el horario: de 7 de la mañana a 8 de la noche, precisando que sábados será de 7 de la mañana hasta las 3 la tarde.

Según las autoridades de Transito en su primera semana entre 5 y 9 de septiembre, la medida tendrá caracter pedagógico.

El director del Departamento Administrativo de Transito y Transporte, Datt, Edilberto Mendoza, aseguró que el nuevo pico y placa para vehículos particulares, rotará de dígitos en las placas cada tres meses.

"El nuevo decreto contiene cambios sustanciales, tales como que seguirá operando en las avenidas y vías principales y no en el interior de los barrios de Cartagena. En su primera semana, del 5 al 9 de septiembre de 2016, será de carácter pedagógico" dijo el funcionario.

De acuerdo al decreto 1328 el pico y placa para particulares, es el siguiente:

LUNES 1 - 2
MARTES 3 - 4
MIERCOLES 5 – 6
JUEVES 7 - 8
VIERNES 9 - 0
SABADOS 5 - 6

Los vehículos que ingresan a la ciudad tendrán tres (3) horas para llegar a su destino y para evitar sanciones se debe presentar el tiquete del último peaje cancelado en las vías nacionales, tales como el peaje de Gambote, Marahuaco y los de la carretera La Cordialidad.

Las vías por las cuales no se podrá circular en pico y placa son :

· Avenida Pedro de Heredia: tramo comprendido entre la intersección con la avenida Luis Carlos López y Avenida Rafael Núñez (Sector India Catalina) hasta la intersección con la Transversal 54 (Sector de la Bomba el Amparo).

· Avenida Pedro Romero (Calle 31 D) tramo comprendido entre la carrera 30 (glorieta La Esperanza) hasta la intersección con la Transversal 54 (y de Olaya-Caño Chapundun).

· Carrera 30 (La Esperanza) en el tramo comprendido entre la intersección con la Avenida Pedro de Heredia hasta la intersección con la Avenida Pedro Romero.

· Avenida Venezuela, en el tramo comprendido desde la intersección con la Avenida Pedro de Heredia y la Avenida Blas de Lezo.

· Avenida Santander. Desde el retorno del Túnel de Crespo (nuevo puente de Crespo) hasta la calle 10 (Hotel Decamerón).

· Avenida San Martín. Calle 10 A Blockbuster hasta la glorieta de la Avenida Santander y la avenida Blas de Lezo.

· Avenida Blas de Lezo, en el tramo comprendido desde la intersección con la Avenida San Martín (carrera 2ª) y Carrera 1ª (Avenida Santander) hasta la avenida Venezuela.

· Avenida Rafael Núñez, en el tramo comprendido desde la intersección con la carrera 1ª (Avenida Santander – Tenazas) hasta la intersección con la avenida Pedro de Heredia (India Catalina).

· Avenida Luis Carlos López en el Tramo comprendido entre la intersección de la Avenida Pedro de Heredia (India Catalina) hasta la intersección con la Calle 30 (calle media Luna-antigua botas viejas).

· Calle 30 que la conforman los siguientes tramos:

o Tramo (Calle de la Media Luna), comprendido entre la intersección con la carrera 8ª (Camellón de los mártires) hasta la intersección con la Avenida Playa del Pedregal.
o Tramo comprendido en la intersección con la playa del pedregal hasta la intersección con la carrera 20 (calle Mompox).
o Tramo comprendido desde la intersección con la calle 20 (Calle Mompox-Colegio La Candelaria) hasta la intersección con la Avenida Pedro de Heredia (Texaco Nº 3).
o Tramo comprendido desde la intersección con la Avenida Pedro de Heredia hasta la intersección con la carrera 38 (María Auxiliadora) y carrera 48 (Amberes-Piedra de Bolívar)
o Tramo comprendido entre la intersección de la carrera 48 (Piedra de Bolívar) hasta la transversal 54 (Clínica Blas de Lezo).
o Tramo comprendido entre la intersección con la transversal 54 (clínica Blas de Lezo) hasta la carrera 71 (frente biblioteca Jorge Artel).
· Avenida del Lago, tramo comprendido entre la intersección con carrera 17 (puente las Palmas) hasta la intersección con la transversal 38 (Barrio Bosque, sector La Cuchilla).

· Corredor de Carga. Desde la glorieta del Fondo Rotatorio hasta la entrada del barrio Manga.
- Avenida Crisanto Luque desde la transversal 38 (bomba Michelin) hasta la Transversal 54 (La Purina).
- Diagonal 21 (carretera de El Bosque).
- Tramo desde La Postobón hasta el CAI de Ceballos.
· Avenida Crisanto Luque en el tramo comprendido desde la transversal 38 hasta la Avenida Pedro de Heredia (mercado de bazurto).
· Puente Román.
· Vías internas de la ciudad Amurallada. Sector Getsemaní
(calle Larga, calle del Arsenal y demás vías del sector Getsamaní), avenida Daniel Lemaitre y demás del sector amurallado.
El tránsito distrital, advirtió que será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de vehículo automotor que transite en horas prohibidas, además el vehículo será inmovilizado.
Así mismo que este nuevo decreto deja sin validez las certificaciones o permisos de pico y placa.
Los interesados en permisos deberán presentar a la Dirección del DATT, la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el Paz y Salvo por todo concepto. Ello no supone aceptación por parte de la autoridad de tránsito.