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Carlos Ibañez, Jesús Díaz y José Arévalo
Cortesía familia.

Un juez de Sincelejo ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP), realizar un estudio de riesgo de seguridad de los testigos y abogados de las familias de los tres jóvenes asesinados en la masacre ocurrida en Chochó (Sucre).

Ante esta orden un comité de la UNP deberá establecer si existen méritos suficientes y desplegar las medidas de seguridad necesarias a los actores de este proceso.

“Dispondrá entonces el despacho oficiar a la Unidad Nacional de Protección para que se haga un estudio de seguridad de todas las partes intervinientes en esta diligencia y sobre ellas se practique un estudio de seguridad y se evalúen que puedan ser sobrevinientes en determinado caso”, dijo el juez del proceso.

Asimismo, señaló que, “de encontrarse un riesgo sea entonces la Unidad Nacional de Protección la que disponga de un dispositivo de seguridad para quien eventualmente lo necesite”.

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No obstante, recordó que la Fiscalía en sus atribuciones legales tiene el deber de velar por la protección de las víctimas, testigos y peritos que pretenda presentar en procesos penales como el de este caso. 

Esta orden fue emitida en atención a la denuncia que fue realizada por Aníbal Garay uno de los abogados de las familias de los jóvenes asesinados quien aseguró haber recibido amenazas de muerte relacionadas con el proceso.

Este defensor recibió un mensaje de texto en donde me hacían amenazas, los cuales están ya en manos de las autoridades competentes, al respecto de que sí el coronel (Benjamín Núñez) se iba preso, iba a pagar con mi vida y demás situaciones”, indicó el abogado Garay.   

Apelación

De otra parte, el abogado Carlos Castañeda, defensor del coronel Benjamín Núñez, apeló con el fin de que un juez en segunda instancia revoque la medida de aseguramiento impuesta en su contra, como presunto autor de la masacre de tres jóvenes en Chochó Sucre, y le otorgue la libertad o se le otorgue la detención domiciliaria.

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De acuerdo con la defensa, la Fiscalía delegada no sustentó con pruebas contundentes que exista una inferencia razonable de su responsabilidad en este caso.

Además, argumentó que el oficial no constituye un peligro para la comunidad, ni de obstrucción a la justicia y mucho menos existe riesgo de que pueda llegar a presionar a los testigos.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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