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Playa Blanca, en la Isla de Barú, en Cartagena
Playa Blanca, en la Isla de Barú, en Cartagena
Foto de video de Youtube

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó de manera inmediata y preventiva el cese de la prestación del servicio turístico de alojamiento en Playa Blanca - Barú a aquellos establecimientos que no cuentan con concesiones, permisos o licencias para uso y goce del suelo que permitan dicha actividad.

Según la SIC, la Alcaldía Mayor de Cartagena debe determinar la procedencia o no del cierre de los establecimientos destinados a dicha actividad.

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La entidad señaló que se realizaron 30 visitas de inspección a establecimientos de comercio ubicados en la playa mencionada en las que se pudo evidenciar, entre otras cosas, que se presta el servicio de hospedaje a pesar de la prohibición de pernoctación en la playa según el Decreto 1141 de 29 de agosto de 2017. 

Desde allí se se señala, entre otras razones, que no hay personal ni infraestructura adecuada para atender cualquier tipo de emergencia en la playa y que en horas nocturnas se incrementa la intensidad del viento y la altura de las olas, generando mayor riesgo para los turistas.

Teniendo en cuenta lo anterior, la SIC impartió que se retiren de manera inmediata de todos los anuncios publicitarios que hayan emitido o utilicen para ofrecer el servicio de hospedaje.

Además, ordenó garantizar la prestación del servicio inicialmente contratado a los turistas que a la fecha de la publicación de la orden administrativa se encuentren hospedados en los establecimientos de comercio, sin que haya lugar a prórrogas o extensiones.

Las reservas deberán ser canceladas garantizando la devolución del dinero pagado por los servicios contratados y no utilizados por los turistas, dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación de la orden administrativa.

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Igualmente, queda por ahora prohibida la promoción, comercialización, reserva y prestación del servicio de hospedaje en sus establecimientos de comercio, hasta que la Alcaldía Mayor de Cartagena determine la procedencia o no del cierre de los mismos.  

En cuanto a las agencias de viaje y prestadores que ofrezcan servicios turísticos de alojamiento a través de comercio tradicional y electrónico en estos establecimientos no autorizados, la entidad prohibió la promoción y comercialización de servicios turísticos en los que se incluya el de alojamiento en sitios no autorizados.

Finalmente, la SIC advirtió que el incumplimiento de estas órdenes podría acarrear multas sucesivas de hasta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (1000 SMLV).

Fuente

Sistema Integrado de Información.

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