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Hospital Metropolitano de Barranquilla
Hospital Metropolitano de Barranquilla.
Pepe Morón / RCN Radio

Frente a las denuncias realizada por RCN Mundo relacionada a un presunto desfalco de al menos 80.000 millones de pesos que mantendría cerrado al Hospital Metropolitano de Barranquilla, la administración del Atlántico indicó que actuó en los tiempos que le corresponden por ley.

Aunque pertenece a una fundación privada, el Hospital Universitario Metropolitano Barranquilla manejó recursos públicos por al menos 13.000 millones de pesos.

Estos dineros, según una auditoría realizada por la firma J Delgado & Asociados, se habría manejado de forma irregular entre el 28 de agosto de 2019 y 11 de marzo de 2021.

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Según se conoció tras la investigación periodística, para las fechas señaladas por la auditoría ya estaba emitido el fallo del juzgado segundo penal del circuito. Decisión que revocaba el nombramiento de Javier Cuartas Jaller como Director Administrativo del hospital.

Frente a las demoras relacionadas con el cumplimiento del mencionado fallo, la secretaría de Salud del Atlántico aseguró que el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, mediante el Auto de julio 21 de 2020 y en los oficios 160 y 165 de 2020, “en respuesta a las solicitudes de aclaración elevadas por la Secretaría de Salud del Atlántico, no ordenó de manera expresa e inequívoca revocar la Resolución 7402 del 27 de diciembre de 2019”.

Por tanto, teniendo en cuenta que dicha Resolución es un acto administrativo que goza de presunción de legalidad, no era posible revocarlo de manera directa por la Secretaría de Salud departamental.

Del mismo modo se explicó que dada la “providencia judicial y que esta no fue aclarada por el despacho, en el sentido de establecer de forma expresa la orden de revocar el acto administrativo en cuestión y proceder con la nueva inscripción, la Secretaría de Salud del Atlántico remitió al señor Javier Cuartas Jaller, director Administrativo y Representante Legal de la Fundación Hospital Universitario Metropolitano” apoyándose así en el Oficio para proceder a revocar de forma directa la Resolución 7402 del 27 de diciembre de 2019.

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 “Sin embargo, mediante Oficio remitido vía correo electrónico el 6 de agosto de 2020, el señor Javier Cuartas Jaller allegó respuesta a la solicitud de consentimiento para revocar de forma directa la Resolución 7402 del 27 de diciembre de 2019” indicó la oficina cuestionada.

Al no haber obtenido el consentimiento de Javier Cuartas Jaller para revocar la resolución legalmente, y al no existir una orden expresa de un juez de la República para revocar el acto administrativo, la administración departamental aseguró que actuó conforme a lo que estipula la Ley 1437 de 2011 era que el departamento del Atlántico demandara su propio acto ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Frente a los motivos de la tardanza en la expedición de la resolución del 1 de marzo del 2021 que ordenaba la inscripción Alberto Enrique Acosta Pérez como director administrativo y representante legal de la Fundación Hospital Universitario Metropolitano de Barranquilla, la secretaría de Salud del Atlántico indicó que expidió la Resolución 857 del 1 de marzo de 2021.  

“Por medio de esa resolución la Secretaría de Salud da cumplimiento a las órdenes impartidas por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, Atlántico, aclaradas por el Juzgado 13 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla, mediante Auto de 26 de febrero de 2021” explicó la Secretaría.

En su respuesta al cuestionamiento de RCN Mundo, señalaron que se hizo la inscripción y registro de Alberto Enrique Acosta Pérez como Director Administrativo y Representante Legal de la Fundación Hospital Universitario Metropolitano.

Luego de la expedición de la mencionada Resolución 857 del 1 de marzo de 2021, la Secretaría de Salud del Atlántico procedió a comunicar al señor Alberto Acosta el contenido del acto administrativo, atendiendo a lo establecido en el artículo 4° del Decreto 491 de 2020, y el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 10 de la Ley 2080 de 2021.

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En consecuencia, la secretaría de Salud explicó que “solo mediante Auto de fecha 26 de febrero de 2021, el Juzgado 13 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla impartió una orden judicial expresa y precisa, en el sentido de ‘quedar revocados los artículos primero, segundo y tercero de la Resolución No. 7402 de 2019, en virtud de lo resuelto por la funcionaria judicial ad-quem en el auto del 21 de julio de 2020, que dejó sin efecto todas las actuaciones que había efectuado el señor Javier Cuartas Jaller con ocasión del cargo que detentaba’.

En ese sentido, quien debe ser inscrito y registrado en el cargo era Alberto Enrique Acosta Pérez, que detentaba dicho cargo para el 8 de septiembre de 2017, y su condición de Director Administrativo y Representante Legal de la Fundación Hospital Universitario Metropolitano le fue restablecida por la Jueza de segunda instancia.

Fuente

RCN Radio

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