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Restricciones por nuevo pico y placa para motos en Cartagena

El decreto 1329 del 2 de septiembre de 2016 cobija a todo tipo de motocicletas, cuatrimotos, tricimotos y motocarros y empieza a regir desde este 5 de septiembre con vigencia hasta el 1 de septiembre de 2017 y establece la continuidad de la restricción todo el día de que motocicletas de placa par solo deben transitar en días pares y las impares los días impares. 

El Decreto permite la circulación de motos a la altura del monumento de la India Catalina, avenida Luis Carlos López, en el Centro.

La nueva norma prohíbe el estacionamiento de motocicletas en parqueaderos de las edificaciones de uso público, tales como bancos, estaciones de gasolina, clubes, entidades públicas y en todas las vías del Distrito.

Se mantiene la medida de “viernes sin motos”, correspondientes a los segundo y últimos viernes de cada mes.
Así mismo que desde las 11 de la noche hasta las 5 de la mañana no podrá circular ningún tipo de motocicletas en ninguna vía de Cartagena.

Finalmente continúa la restricción en el ingreso y circulación de motocicletas al Centro Amurallado de la ciudad y al barrio Getsemaní.

De estas medidas, el Decreto exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de entidades estatales, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada, empresas de mensajería y mensajeros vinculados por contratos de trabajo, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original.