Tribunal mantiene medidas cautelares a Distrito de Santa Marta sobre Mercado Público
20 Jun 2016 - 07:51 pm
Alcaldía Distrital emitió un comunicado sobre decisión del Tribunal Administrativo del Magdalena
El Gobierno Distrital de la ciudad, informa a la opinión pública, que “el Tribunal Administrativo del Magdalena, mediante providencia de 20 de mayo de 2016, notificada el pasado viernes 17 de junio de este año, mantuvo las medidas cautelares que decretó el Juzgado Séptimo Administrativo de la ciudad, que permitió la recuperación y transformación del Mercado Público de Santa Marta.
La Administración Distrital, bajo el liderazgo de Carlos Caicedo Omar, en el 2015, inició acción popular en contra de la sociedad Concesionaria Obras y Proyectos de Caribe S.A., para recuperar la propiedad de los tres (3) bienes de uso público que componían el Mercado Público de la ciudad, que se habían transferido contrariando la ley, a la citada empresa particular y también para adoptar las acciones necesarias para asegurar la intervención de dicha zona ante las graves y reiteradas afectaciones a derechos colectivos.
El fallo reciente del Tribunal Administrativo del Magdalena, fue claro y contundente en concluir que era necesario mantener las medidas cautelares decretadas inicialmente por la Juez Séptima Administrativa de Santa Marta en junio del año pasado y que en su momento, fueron pedidas por la Alcaldía Distrital. En efecto, sobre el punto, la Corporación, anotó: “A juicio de la Sala no hay duda que las circunstancias descritas entrañan una violación de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público, a la seguridad y salubridad pública, al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, y a los derechos de los consumidores y usuarios”.
Por otro lado, aunque el Tribunal Administrativo del Magdalena, señaló que no era procedente ordenar la toma de posesión provisional de los inmuebles objeto de la acción popular, sí encontró necesario mantener las otras decisiones decretadas por el juez de primera instancia, entre ellas, la de autorizar al Distrito para que pusiera en funcionamiento el Mercado Público, contando con amplias facultades administrativas, presupuestales, logísticas y operativas para dicho fin, al igual que suspendió todas las cláusulas del contrato de concesión 001 de 2002, que permitieran transferir o limitar el derecho de dominio sobre dichos predios. Adicionalmente, se instó al Distrito, para que adoptara las medidas administrativas que fueran pertinentes a la luz de la ley 80 de 1993, para resolver los aspectos de la contienda contractual.