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Tarjetón Electoral
Registraduría

El juzgado administrativo 59 de Bogotá admitió una tutela interpuesta por el abogado constitucionalista y magíster en derechos humanos, Germán Calderón España, en el que pidió excluir la casilla del voto en blanco en el tarjetón para la segunda vuelta presidencial.

En diálogo con RCN Mundo, el abogado precisó que, "lo primero que hay que decir es que esta casilla para segunda vuelta como así lo afirma el delegado de la Registraduría, no tiene ningún efecto jurídico".

Agregó que, "la casilla como tal no debía ir en el tarjetón y ese error se ha venido cometiendo desde 1.991, porque en todos los tarjetones de segunda vuelta se ha incluido dicha casilla, cuando los artículos 258 en su parágrafo primero y el artículo 190, dicen que la segunda vuelta presidencial solamente se surtirá con las dos fórmulas ganadoras de la primera vuelta”.

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En ese sentido, explicó que, “no se admite el voto en blanco en segunda vuelta. Entonces este error lo debe corregir un juez de la República y en este caso un juez administrativo que está investido de funciones constitucionales a través de esta acción de tutela”.

El abogado Germán Calderón habló del abstencionismo a propósito del voto en blanco y manifestó que "todo esto depende del momento electoral, de las situaciones estratégicas y tácticas de cada uno de los movimientos y de diferentes variables".

Audio

(Audio) Germán Calderón España, abogado, sobre eliminación de casilla de voto en blanco.

0:27 5:25

Añadió que, "hoy aparece un empate técnico que jamás se había visto en la historia de Colombia de dos candidatos que pasan a segunda vuelta y no se sabe quién va a ser el presidente. Las estrategias juegan y entonces pedir por parte del Pacto Histórico que voten en blanco sería una estrategia muy buena, porque Petro tuvo una votación muy alta en la primera vuelta y pedir que voten en blanco es restarle votos a Rodolfo Hernández”. 

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Calderón España indicó que como el voto en blanco es una opción ciudadana y democrática como lo ha dicho Gustavo Petro, pero concluyó que "esa opción se puede convertir en una opción fraudulenta y de hecho inconstitucional”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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