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C. Constitucional exhorta al Gobierno para incluir en el POS la fertilización in vitro

La Corte Constitucional exhortó al Gobierno Nacional para que se abra el debate sobre incluir dentro del Plan Obligatorio de Salud (POS) la fertilización in vitro para los colombianos que por sus escasos recursos y sus condiciones de salud no pueden pagar un tratamiento para tener hijos.

De acuerdo con el fallo del alto tribunal, las personas tienen el derecho a adquirir tratamientos que le ayuden a completar una faceta reproductiva que puede estar impedida por diferentes condiciones, entre ellas, por no estar dentro del POS.

La Corte Constitucional estudió el caso particular de una pareja de Palmira, Valle, quienes solicitaron a la EPS Salud Total que les realizara un tratamiento in vitro al no contar con los recursos necesarios para hacer este procedimiento.

Dentro de la tutela se advierte que fueron vulnerados derechos fundamentales a la salud y a la vida porque este tipo de tratamiento no está contemplado en el POS, sin embargo, la Corte Constitucional consideró que fue vulnerado el derecho a la salud en la faceta de información, guía y acompañamiento, que no brindó dicha entidad.

"Exhortar al Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Salud y Protección Social y la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, para que realice la revisión de la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos para costear los tratamientos de reproducción humana asistida, entre ellos, la fertilización in vitro, e inicie una discusión pública y abierta de la política pública que incluya en la agenda la posibilidad de ampliar la cobertura del Plan Obligatorio de Salud a dichas técnicas científicas", señala la sentencia.

Por estos hechos el alto tribunal le ordenó a la EPS Salud Total que empiece a implementar las prácticas de información necesarias para las personas que necesitan de estos tratamientos.

"Sí vulneró su derecho fundamental a la salud en la faceta de información, guía y acompañamiento y así será declarado en la parte resolutiva de esta providencia. En este sentido, se prevendrá a Salud Total EPS para que en el futuro, ante casos similares, no incurra en la misma conducta", advierte el fallo.

Además, ordenó realizar el acompañamiento integral en este caso particular para que la pareja accionante reciba los requerimientos necesarios frente a la problemática que tienen para tener hijos.