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C. Constitucional ordena practicar cirugía estética a niño para evitar matoneo

La Corte Constitucional ordenó a una EPS practicar una cirugía a un menor de edad quien por sufrir orejas de pantalla, era víctima de matoneo en el colegio en el departamento del Tolima.

La sentencia del alto tribunal fue en contra de la EPS Unión Temporal Medicol Salud por parte del Fondo de Prestaciones Magisterio que había negado la intervención quirúrgica al considerarla estética.

Sin embargo, la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortíz, consideró que en este caso particular estaba vulnerando derechos fundamentales, afectando la salud no sólo física sino psicológica del menor.

El caso estudiado se trató de un menor de 14 años a quien le diagnosticaron varios problemas psicológicos derivados de las constantes burlas en su entorno escolar por la prominencia de sus orejas.

"Orejas en pantalla de carácter bilateral, lo cual ha causado en él serios problemas psicológicos derivados de la baja autoestima sumado al sometimiento de recurrentes burlas, sátiras, insultos y bullying escolar, del que actualmente es objeto dada su patología", fue uno de los argumentos expuestos a la Corte Constitucional

Por esta situación la Corte le advirtió a la EPS que no debe negar este tipo de servicios estéticos a este menor y por el contrario debe realizar no sólo la cirugía requerida sino un tratamiento integral para evitar trastornos hacia el futuro.

"No debe olvidarse que el niño es víctima del acoso escolar, problema social y psicológico que ha afectado su salud emocional, lo que le impide llevar una vida en condiciones dignas", advierte la sentencia del Alto Tribunal.

De igual forma la Corte Constitucional instó a las directivas del plantel educativo donde estudia el niño que adelante programas de prevención, detección y atención cuando los estudiantes sean objeto de matoneo.