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Colegio deberá ofrecer excusas públicas a estudiante de ocho años víctima de “bullying”

Foto referencial archivo particular



La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la rectora del colegio Diclascalio Nuestra Señora de la Esperanza de Bogotá realizar un acto de excusas públicas a una estudiante de ocho años de edad, quien fue víctima del matoneo por parte de sus compañeros de clase y de las directivas del centro educativo.

En el debate jurídico, el alto tribunal determinó que las directivas toleraron y promovieron dicho “bullyng” dentro de las aulas de clase. En la acción de tutela se citaba que en repetidas oportunidades la menor de edad fue humillada en las clases e incluso en las juntas de padres de familia.

La madre de la menor relata en la acción de tutela que su hija se ha visto afectada psicológicamente por esta situación, lo que la llevó a una crisis emocional. La niña tuvo que ser atentida de urgencias en el Hospital de Meissen después de manifestar que no quería seguir viviendo.

Cita la tutelante, que incluso ella fue humillada e insultada por parte de las directivas y la profesora del curso cuando le manifestaron en una junta de padres: “que si no tiene dinero para adquirir los uniformes y cambiar de colegio a la niña, ellos pueden ayudarle para que no continúe en el plantel”.

Debido a esta situación la menor prefirió no volver a la institución educativa, finalizando el año escolar en su casa. Igualmente se tomó la decisión de no matricularla para el 2018 y buscar otro colegio, cercano a su domicilio, para continuar con sus estudios de primaria.

La Corte Suprema tuteló los derechos fundamentales a la educación, la salud, el buen nombre, el libre desarrollo de la personalidad y la vida de la menor de edad al determinar que en el caso en cuestión se presentó una “conducta de exclusión social, hostigamiento e intimidación”.

El alto tribunal destacó que los maestros deben proteger a los estudiantes s dentro de las aulas de clase y la institución educativa, impidiendo que estos casos de maltrato y acoso se registren. “Los menores de edad tienen derecho a que se les proteja del acoso escolar porque afecta la honra y la dignidad (…) y una conducta que impacta negativamente en el desarrollo integral de la comunidad estudiantil”.

En el fallo se advierte que existen varios antecedentes de este tipo de “bullying” en Colombia y el mundo que han generado “desenlaces fatídicos”, hecho por el cual son los profesores y las directivas de los colegios los que están llamados a enfrentar este fenómeno social mediante la prevención y la aplicación de medidas de fondo.

La Corte le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) documentar el acto de excusas públicas. En el caso de la menor, el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaria de Educación de Bogotá deberán colaborar con el proceso de búsqueda de un nuevo colegio y garantizar su atención especializada.