Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Ancianos abuelos tercera edad
Imagen de referencia.
AFP

A partir del jueves 17 de febrero, el programa de Prosperidad Social, anunció la primera transferencia para los beneficiados en el programa de Protección Social del Adulto Mayor mejor denominado como Colombia Mayor, en el cual más de 1.650.000 ciudadanos que oscilan la tercera edad recibirán un bono económico.  

Cada ciudadano inscrito recibirá la suma de $80.000, que corresponde a las transferencias del mes de enero y tendrá plazo para reclamarlo hasta el 25 de febrero. El Gobierno Nacional, dispuso para el primer mes de pago más de $143.000 millones de pesos, que espera sean de grandes beneficios para los abuelitos.  

Lea también: Adultos mayores empiezan a recibir beneficios del programa 'Colombia Mayor'

Así mismo, la directora del programa Susana Correa Borrero explicó que el pago presupuestal de los dos primeros meses se va realizar en febrero, que es lo que se ajusta en el respectivo cronograma “al inicio de cada vigencia se debe realizar un proceso de asignación presupuestal para el programa, por parte del Ministerio de Hacienda y del Fondo de Solidaridad Pensional. Por eso los pagos de enero y febrero se realizan en febrero. El cronograma del año en curso se ajusta para el pago mensual”, resaltó. 

Programa Colombia Mayor
El programa de Colombia Mayor nace con la finalidad de brindar una protección económica a las personas que sobrepasan la tercera edad.
Pexels (Marcus Aurelius)

¿Dónde reclamar el dinero?

Para hacer el retiro de este dinero las personas se podrán acercar con su respectivo documento de identidad a los más de 27.000 puntos de Matrix Sured o corresponsales aliados quienes serán los únicos encargados de desembolsar la cifra monetaria y se encuentran distribuidos en todas las ciudades y municipios del país.  

Así mismo, en caso de que la persona beneficiada no se pueda acercar a hacer el retiro del dinero, deberá asignar a un tercero, cumpliendo los siguientes requisitos:  

  • Una nota en el cual la persona que salió favorecida, de la autorización pertinente por medio de un documento que debe ir autenticado por un juez o un notario según corresponda. 

  • Cédula original de la persona que va realizar el retiro, y fotocopia del documento de identidad del beneficiario. 

  • Presentar el documento original del poder ejercido, el cual no debe ser mayor a treinta días desde su fecha de radicación. 

Fuente

Sistema Integrado Digital

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.