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Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda
Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia determinó que el suicidio es un riesgo asegurable, lo que quiere decir que al reclamar el seguro de vida por este tipo de casos, no se está defraudando a las empresas aseguradoras.

La novedad ha generado ya diferentes reacciones y posiciones, y una de ellas es la de Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda (Federación de Aseguradores Colombianos), quien, en primera medida, ha dicho que "el suicido es un riesgo, por supuesto, y todos los riesgos son en principio asegurables".

En contexto: El suicidio es un riesgo asegurable: Corte Suprema

Sin embargo, y en este punto señaló que desconoce a profundidad la sentencia de la Corte, explicó que normalmente la industria aseguradora excluye el suicidio por una razón: "evitar el riesgo moral (...) cuando se presenta que una persona ha tomado la decisión de suicidarse y sobre esa base compra un seguro".

Cabe destacar que la sala civil del alto tribunal consideró que "la voluntad de suicidarse no tiene que coincidir con la intención de defraudar al asegurador".

Continuando con su opinión en RCN Radio, Botero dijo que un paso clave para la aseguradora en este caso es comprobar si hubo o no intención de fraude por parte de la persona.

"Uno no avisa que se va a suicidar, puede que deje señas, vestigios de su conducta o indicios (...) decir que sea asegurable no significa que obligatoriamente ese riesgo tenga que ser transferido a un asegurador. Los aseguradores, desde mi punto de vista, se reservan el entregar o no esa cobertura", detalló.

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¿Cómo actuarán las aseguradoras tras fallo de la Corte sobre suicidio?

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¿Mala fe del suicida?

En este punto, Botero reiteró que todo riesgo, que pueda ser medido, tiene opción de ser transferido a un asegurador, sin embargo, agregó que los riesgos imposibles no son asegurables. "No es asegurable el riesgo de Nevada en Barranquilla", dijo como ejemplo.

"Pero la muerte es un riesgo, sea cual sea la causa de la muerte, incluido el suicidio. Lo que ocurre es que las compañías de seguros suelen excluirlo para evitar el riesgo moral y una cobertura alta. No creo que la Corte haya dicho que sea obligatorio otorgar esa cobertura, seguirá estando, creo yo sin ver la sentencia, la potestad del asegurador si lo cubre o no", concluyó.

Fuente

RCN Radio

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