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Condenan a la Nación por muerte de guardián durante estadía de Pablo Escobar en "La Catedral"

El Consejo de Estado condenó al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional al pago de una millonaria indemnización a las familias de los guardianes que resultaron muertos y heridos durante el operativo de las Fuerzas Militares en la cárcel "La Catedral" de Envigado, Antioquia, donde se encontraba recluido el extinto capo de las drogas, Pablo Escobar Gaviria.

Los hechos ocurrieron entre el 21 y 22 de julio de 1992, cuando miembros del Comando Especial de las Fuerzas Militares se tomaron por asalto el centro de reclusión con el fin de asumir el control externo e interno de la cárcel, relevar la guardia penitenciaria nacional y municipal, y trasladar de prisión a Escobar Gaviria.

Durante el operativo murió el sargento Olmedo Mina, quien estaba al servicio de la Dirección General de Prisiones, y otros 11 guardianes también resultaron heridos.

Los familiares del sargento fallecido y los heridos demandaron al Estado.

En segunda instancia, la sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, advirtió que la misión del Ejército durante la toma nunca fue clara y la guardia de la cárcel no fue informada de la orden de asalto impartida por el Gobierno Nacional.

"Resulta enjuiciable la ligereza de los mandos militares, encabezados por el general Manuel Murillo –Comandante de las Fuerzas Militares-, que aplicada a la intercomunicación de mandos provocó un estado de desinformación entre los mismos, determinante a la postre de las decisiones improvisadas que enmarcaron la vergüenza nacional del episodio. Y es que se impone más que razonable que una orden militar que omite información y se asigna con argucias soterradas, no conlleva el carácter de oportuna, clara y precisa", señaló el fallo.

Agregó que "es innegable que la trascendencia e importancia de la operación -máxime cuando se da por cierto que la confidencialidad de la misma era fundamental-, ameritaba la claridad y precisión de las órdenes, si no la presencia indefectible del Comandante de las Fuerzas Militares, la cual ciertamente habría correspondido al alcance y relevancia que revestía la misión".

La Sala explicó que sería un error afirmar que un guardia de prisiones, en virtud de sus funciones, debe soportar un ataque externo, aún por parte de las autoridades militares del Estado, o tratándose de un operativo que comprometa la seguridad nacional.

"La muerte del sargento de prisiones Olmedo Mina se produjo en circunstancias excepcionales, sometido a un riesgo que no debió asumir por encontrarse, evidentemente, más allá de sus funciones, máxime si se tiene en cuenta que las funciones de un guardián de prisiones giran en torno a garantizar la reclusión de las personas privadas de la libertad y a prestar seguridad a las mismas, tanto de posibles amenazas internas como de aquellas provenientes de afuera”, indicó la sentencia.

El Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional tendrán que pagar más de 809 millones de pesos a los familiares del sargento muerto y a las demás personas que resultaron heridas durante el operativo en la cárcel de "La Catedral".