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Conductores de vehículos particulares no tendrán que renovar su licencia de conducción

El Ministerio de Transporte informó que las licencias de conducción para vehículos particulares en el país no deberán ser renovadas y tienen vigencia automática de diez años según las nuevas normas establecidas por el Gobierno nacional.

Así lo explicó la directora de Tránsito del Ministerio, Ayda Lucy Ospina, quien aseguró que con la expedición del decreto 019 de 2012 se estableció que las licencias para conducir vehículos particulares quedaron renovadas automáticamente por diez años por lo tanto las personas que las tengan, no están obligadas a cambiarlas y lo pueden hacer de forma voluntaria.

Sin embargo aclaró que si son licencias para conducir vehículos de transporte público de las categorías 4, 5 y 6, tienen una vigencia de tres años y deben ser renovadas independientemente de que las usen en vehículos públicos o en particulares.

Asimismo, Ospina aseguró que si una persona no tiene interés en conducir un vehículo público y tiene una licencia de éstas, puede solicitar una recategorización hacia abajo para que le quede como particular y de esa forma no le tocará renovarla cada tres años.

La renovación necesaria por regla general de la licencia se debe hacer cuando la persona va a salir del país, porque a nivel internacional se exigen que esté vigente, además, cuando la licencia está deteriorada o dañada ya que la información debe ser visible o de lo contrario estaría incurriendo en una infracción de tránsito.