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Consejo de Estado deja en firme nulidad de consulta antitaurina

Foto AFP



El Consejo de Estado negó las solicitudes de nulidad que habían sido interpuestas en contra del fallo de tutela que tumbó la consulta antitaurina en Bogotá.

Según los argumentos del Alto Tribunal la consulta popular no puede prohibir la actividad taurina porque es el Congreso de la República el único competente para impedir o permitir la práctica de este tipo de espectáculo taurino.

Dentro de los argumentos que estudió el Alto Tribunal es que los solicitantes advertían que no fueron notificados ni tenidos en cuenta dentro del proceso de nulidad que analizó el Consejo de Estado para revocar el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

La Sección Primera del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García González, explicó que "según la normativa una acción de tutela se debe notificar a las partes e intervinientes en la forma que el Juez considere más expedita y eficaz. Tal requisito se cumplió mediante la publicación de la admisión de la tutela en la página web del Consejo de Estado y en aviso publicado en un diario de amplia circulación".

De igual forma el Consejo de Estado indicó que no se puede considerar improcedente la tutela porque faltaba resolver solicitudes de aclaración y adición del fallo del Tribunal Superior de Bogotá, porque según el alto tribunal, las peticiones se interpusieron extemporáneamente.