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Consejo de Estado sancionó a Policía por hacer disparos al aire

Como un acto de imprudencia, fue calificada la acción de un patrullero de la policía del departamento de Antioquia que realizó disparos al aire, poniendo en riesgo la integridad personal, por lo que fue considerado como un peligro por su conducta “apresurada”, según el Consejo de Estado que lo destituyó por 10 años.

Según el patrullero de la Policía, sus actos obedecieron a un hecho de legítima defensa, puesto que se encontraba en medio de un operativo de cierre de un establecimiento público en Nechí en el departamento de Antioquia, en el año 2011, cuando fue atacado con piedras y palos por parte de un grupo de personas en estado de embriaguez, razón por la que dijo que en defensa hizo los disparos al aire.

El Alto Tribunal, consideró que el patrullero “no se encontraba solo al momento de hacer el cierre del establecimiento, sino que contaba con el respaldo de otros compañeros para defenderse, por lo cual, no se evidencia que estuviera enfrentando un peligro actual e inminente que ameritara el uso de su arma", según la sentencia del Consejo de Estado.

Según el ente acusador, la situación se tornó “inmanejable” y por tal motivo la ciudadanía actuó de forma violenta ante la medida adoptada por el patrullero no podía ampararse en su actuar “imprudente”, motivo por el cual le confirmaron la decisión de destituirlo por 10 años en primera y segunda instancia.