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Sede de Atención  de Coomeva
Coomeva EPS hizo un llamado al Gobierno Nacional para que no sólo se proyecte un apoyo institucional, sino para que se brinden acciones concretas que generen liquidez.
Noticias RCN TV

La Superintendencia Nacional de Salud revocó la habilitación que permitía a Coomeva operar en los departamentos de Meta, Cauca y Cundinamarca, por lo que, desde el primero de octubre de este año, no podrá prestar el servicio en ellos y sus afiliados pasarán a otras EPS. 

Según el Superintendente Nacional, Fabio Aristizabal, Coomeva debe garantizar la atención de los usuarios de los tres departamentos hasta el 30 de septiembre de 2019. 

“La Supersalud consideró que Coomeva incumple las condiciones de habilitación técnico administrativas, tecnológicas o científicas que ponen en riesgo la efectividad de los servicios, la seguridad de los afiliados y la destinación de los recursos del sector”, expuso el representante. 

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Asimismo, mediante un comunicado, la entidad manifestó que en los tres departamentos, la EPS tiene 52 mil 741 afiliados, los cuales serán informados sobre la entidad a la que sean trasladados, a través de las páginas web de Coomeva, la de la Superintendencia Nacional de Salud y las de las EPS receptoras. 

La Supersalud, indicó además que la Coomeva deberá garantizar el servicio a todos sus afiliados, en los tres departamentos, hasta la fecha en que sean trasladados a las EPS receptoras. 

La decisión se da tras evidenciar que en la EPS en estos tres departamentos, se incrementaron las peticiones, quejas, reclamos, así como denuncias en un 51 % ,entre enero y septiembre de 2018, comparado con igual periodo de 2017.

“La mayor queja de los usuarios, entre enero y septiembre de 2018, que es el periodo mencionado en la Resolución, fue por la restricción en el acceso a los servicios de salud (por falta de oportunidad, el 57 % y por demoras en las autorizaciones, el 31 %)”, señaló la entidad. 

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De igual manera, la Supersalud manifestó que “Coomeva ocupa el segundo lugar en quejas, dentro de las 13 EPS del Régimen Contributivo en el país, y además incumple el porcentaje de cobertura de la red prestadora de baja y alta complejidad y de especialidades básicas”. 

De acuerdo con un informe del contralor designado por la Supersalud para la EPS, a la fecha de la resolución 3796, aún persistían pérdidas del ejercicio, altos niveles de endeudamiento, insuficiencia patrimonial e insuficiencia en la inversión de las reservas técnicas.

“Condiciones que indican la existencia de una duda importante, sobre la habilidad de la entidad para continuar como negocio en marcha y ocasionando que se encuentre inmersa en causal de liquidación”, aseguró el organismo.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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