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Corte advierte que víctimas de desplazamiento no deberán pagar deuda de impuesto predial

Corte Constitucional / Foto archivo RCN Radio

La Corte Constitucional advirtió que las personas que tuvieron que salir de sus predios por cuenta del conflicto armado en Colombia no deberán pagar deuda del impuesto predial de su antiguo territorio.

Según la sentencia conocida por RCN Radio, el Gobierno nacional no puede vulnerar derechos fundamentales de esta población, al advertir que la situación de las víctimas de desplazamiento forzado es difícil por cuenta del conflicto.

“Se desconoce el principio constitucional de solidaridad, y por esa vía se vulneran al peticionario los derechos fundamentales a la igualdad material y protección especial de la población desplazada, por hacer recaer sobre la víctima las consecuencias de la omisión administrativa”, advierte la sentencia.

Para estos efectos la Corte Constitucional advirtió que las administraciones locales y regionales que presenten este tipo de situaciones deben convocar o establecer proyectos con los concejos municipales para beneficiar a este tipo de poblaciones vulnerables.

“Las administraciones municipales deberán impulsar proyectos de Acuerdo que incorporen alivios tributarios en beneficio de la población víctima de desplazamiento forzado, respecto del impuesto predial causado sobre los inmuebles que se vieron obligados a abandonar o que fueron objeto de despojo, tales como la condonación y/o exoneración, hasta tanto el sujeto pasivo del tributo no haya retornado de manera efectiva al bien y haya superado sus condiciones de vulnerabilidad”, señala la Corte Constitucional.

El caso estudiado está relacionado con un hombre, a quien le tocó salir de su finca en el municipio de Sal Luis, Antioquia, por cuenta de la presencia del Ejército Nacional que ocasionó enfrentamientos con el ELN que también delinquía en esa zona.

En este caso pese a que el hombre y su familia salieron de su terreno y están inscritos en el programa de víctimas, el cobro predial continuó realizándose y a la fecha debe una suma de dinero que no puede pagar por la condiciones descritas.

El alto tribunal con ponencia de la magistrada María Victoria Calle hizo un llamado y expidió las órdenes correspondientes para que no se desconozcan los derechos de las víctimas de desplazamiento en el país y en este caso, la deuda sea condonada.