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Corte Constitucional abre la puerta de la doble instancia para altos funcionarios con fuero

La Corte Constitucional se declaró en favor de que se establezca la doble instancia contemplada dentro del Código de Procedimiento Penal en los procesos que se le siguen ante la Corte Suprema de Justicia a los altos funcionarios del Estado con fuero, como son congresistas, magistrados y ministros.

De acuerdo con lo que trascendió de la decisión tomada por el alto tribunal, no habría un punto final para controvertir las condenas que son proferidas por la máxima instancia judicial, no solo para aforados sino para todos los ciudadanos quienes hayan sido objeto de estas decisiones.

No obstante, se advierte que será el Congreso de la República el que debe tramitar un acto legislativo que promulgue este nuevo recurso jurídico que tendrán estos funcionarios para controvertir las decisiones que emita la Corte Suprema de Justicia.

Según el presidente de la Corte Constitucional, el magistrado Luis Ernesto Vargas, advirtió que para estos efectos el Congreso de la República tendrá un año para realizar los mecanismos que regulen esta nueva instancia, pero si cumplido el término no lo hace, entraría en vigencia lo decidido por la Corte.

La Corte Constitucional debatió los artículos 20, 32, 161, 176, 179, 179B, 194 Y 481 de la Ley 906 de 2004 del Código de Procedimiento Penal.

Con esta decisión se abre la puerta para que miles de procesos en los que están los condenados por parapolítica, por las 'chuzadas' del DAS y demás casos de relevancia en el país puedan acudir a una tercera instancia, en la cual podrían tumbar la condena impuesta por la justicia.