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Corte Constitucional advierte que personas transgénero pueden cambiar de nombre más de una vez

Foto referencial de archivo



La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que las personas transgénero podrán cambiar su nombre en su cédula por más de una vez sin necesidad de interponer una tutela.

Lo que trascendió por parte de la Corte Constitucional es que si bien la norma establecía que sólo por una sola vez se puede sustituir, corregir o adicionar el nombre de identificación personal, el condicionamiento por parte de los magistrados es que las personas trans pueden hacerlo cuántas veces quieran.

No obstante, fue establecido que el condicionamiento para los transgénero es que debe comprobar su condición y posteriormente realizar el procedimiento legal.

En la demanda los accionantes habían advertido que con la expresión de la norma de prohibir a los individuos cambiar o modificar su nombre más de una vez resultaba “ilegítimo y arbitrario”.

Sobre esta demanda la Procuraduría General de la Nación había solicitado a la Corte Constitucional la exequibilidad de la norma porque la expresión ‘por una sola vez’ no iba en contra de la Constitución, sin embargo, el alto tribunal fue más allá y por lo tanto consideró que no se puede limitar este derecho según la personalidad para quienes desean modificar su nombre por más de una vez.