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Histórico fallo de Corte Constitucional sobre adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo

La Sala Plena de la Corte Constitucional falló a favor de la tutela interpuesta por la pareja de mujeres de Medellín que solicitaba adoptar la hija biológica de una de ellas para conformar legalmente su familia.

Con una votación favorable de 6 a 3, los magistrados decidieron que la ponencia presentada por Luis Guillermo Pérez estaba sustentada en los derechos que tiene esta pareja de mujeres para poder adoptar a la hija de su compañera.

Aclara la Corte Constitucional que la tutela es el instrumento idóneo para que este tipo de parejas del mismo sexo pueda adoptar un menor, siempre y cuando sea hijo biológico de una de las personas.

Con este fallo, la Corte Constitucional da vía libre a la adopción por parte de parejas homosexuales, pero solamente en los casos en que uno de ellos sea la madre o padre biológico del menor.

El presidente de la Corte Constitucional, el magistrado Luis Ernesto Vargas, explicó que si bien las autoridades administrativas tienen unos requisitos para la adopción no se debe restringir este derecho por la orientación sexual.

"La decisión se refiere estrictamente a los caso en los cuales se trate de adopción consentida en estos eventos, es decir, casos en los cuales el menor ya está conviviendo con su padre o madre biológico y segundo quien solicita la adopción es el compañero del padre o de la madre biológica del menor", señaló el Presidente del alto tribunal.

De igual forma la Corte Constitucional le ordenó al Bienestar Familiar que tome estas decisiones para que no restrinja la adopción de un menor bajo la premisa de su condición sexual y debe seguir con el trámite administrativo correspondiente velando por el bienestar de los menores en el país.

"En conclusión Bienestar Familiar no puede oponerles la orientación sexual como obstáculo para el trámite administrativo correspondiente", indicó el magistrado Vargas.

La corte constitucional instó al Congreso de la República para que legisle de manera integral sobre este derecho y haya una normatividad que no afecte ni a los menores ni a las familias que quieren formar un bienestar para sus hijos.

Asimismo, la Corte Constitucional tuvo en cuenta varios criterios para la decisión entre los que sobresale que la tendencia o la orientación sexual de parejas del mismo sexo no afecta a los menores, de la misma manera como de parejas heterosexuales salen hijos homosexuales.

Ante esta decisión las parejas del mismo sexo que estén en las mismas condiciones pueden iniciar los trámites ante la autoridad administrativa, amparados bajo la jurisprudencia que sentó la Corte Constitucional.

Tutela llevaba cuatro años

La sentencia emitida por la Sala Plena de la Corte Constitucional da la razón a Ana Leiderman, madre de la menor, y su compañera, Verónica Botero, que presentaron una acción de tutela hace más de cuatro años.

"La Corte encuentra que se pueden comprometer los derechos constitucionales de los niños cuando el Estado se abstiene de reconocer jurídicamente las relaciones de afecto y solidaridad, sólidas y estables, entre niños que tienen una única filiación y los compañeros permanentes del mismo sexo del progenitor, con el que comparte la crianza, cuidado y manutención del menor", señala.

Esta determinación por parte de la Corte Constitucional duró cerca de 4 años en ser analizada, en la que se consignaba que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) había negado a esta pareja de mujeres realizar el trámite de adopción.

Botero había intentado adoptar legalmente a la niña desde 2009 sin éxito por la negativa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), lo que dio origen al pleito judicial fallado este jueves favorablemente por la Corte Constitucional.

Reacciones

Para la congresista Claudia López, esta decisión es trascendental para la comunidad LGBTI. Sin embargo, cuestionó la demora en el tiempo para hacer efectivo este derecho que tienen todos los colombianos.

"Es increíble que la Corte se haya demorado 4 años para decidir una cosa obvia que una pareja de colombianas, una de las cuales es madre biológica, constituya una familia feliz y estable pudieran adoptar a sus hijos; era innegable ese derecho", señaló la congresista.

Por su parte, Luigi Parra, representante de las juventudes políticas cristianas, se mostró en desacuerdo con esta decisión de la Corte Constitucional al advertir que los niños deben crecer bajo el amparo de una madre y un padre.

"Los estudios científicos en esta materia son contundentes al señalar que nosotros creemos que este debate se debe abrir y que es una decisión que no sólo debe tomarse por nueve magistrados, sino debe tomarse en el foro y el ámbito de la democracia, es decir, en el Congreso de la República, en el que no se puede desconocer el ordenamiento jurídico en esta materia", afirmó el representante de esta población.

Opiniones divididas en el Congreso

A su turno, congresistas de diferentes partidos y tendencias políticas opinaron sobre la decisión de la Corte Constitucional de permitirle la adopción a una pareja de lesbianas.

El senador del partido de la U, Roy Barreras, dijo que lo que se debe hacer ahora es reglamentar mejor este tema cuando en la relación de pareja no esté presente ninguno de los padres biológicos.

"Mientras uno de los padres sea el biológico, eso es una buena decisión; habrá que legislar sobre los otros casos en donde ninguno de los dos es padre biológico, pero esta decisión la apoyo y me gusta", señaló.

La representante de la Alianza Verde, Angélica Lozano, aseguró por su parte que el alto tribunal se quedó corto a la hora de definir este tema.

"Es triste y duele que la Corte se asuste y de un paso adelante y dos atrás, los homosexuales en Colombia ya somos padres y somos madres, dio un paso tímido y le queda debiendo a la sociedad", anotó.

A su turno, la senadora Claudia López manifestó que aún se siguen violando los derechos de las parejas homosexuales.

"Sigue siendo Colombia un país conservador y lo que es lamentable es que la Corte Constitucional que debe garantizar los derechos de los colombianos los coarte. A la Corte le ha quedado grande este tema y ha permitido que la discriminación contra parejas del mismo sexo se mantenga", señaló.

El representante del Polo Democrático, Germán Navas, se mostró de acuerdo con la decisión y dijo: "No veo porque se le deba privar a ese niño de tener quien lo cuide y quien le dé afecto, considero que eso es lo más humano y sensato".

Demanda a magistrados

Tras conocer la decisión, Javier Suárez, presidente de la Fundación Marido y Mujer, indicó que denunciará ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes a los magistrados que votaron a favor de la adopción de un niña para un pareja de mujeres por el delito de prevaricato por acción.

"La Corte Constitucional acaba de dar un paso peligroso para la sociedad en el sentido de que no queremos que nuestros niños estén en las manos y en la crianza de dos personas del mismo sexo por cuanto creemos que la ley y la Constitución es muy clara en definir que quienes tienen derecho sobre los niños son el padre y la madre", indicó Suárez.

El jurista sostuvo que con este decisión la Corte Constitucional supuestamente demuestra que le está robando las competencias a el Congreso de la República, que por ley es el encargado de legislar sobre este tipo de temas.

De igual forma, "por cuanto el litigio está referido a la sentencia C5 -67 de 2011 en el cual se les dijo a los magistrados de la Corte Constitucional que ellos habían incurrido en prevaricato por acción al usurpar funciones del Congreso de la República, que es el que puede mediante una ley regular la suerte final de los niños en cuanto si pueden ser adoptados o no por parejas del mismo sexo", anotó.

El presidente de la Fundación Marido y Mujer sostuvo que "los magistrados de la Corte Constitucional tenían que acatar la solicitud de impedimentos que yo les había radicado por cuanto están siendo investigados penal y disciplinariamente toda vez que tenían un conflicto de interés en este caso".