Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Corte Constitucional da vía libre a la JEP

(Colprensa-Alvaro Tavera)


Con un resultado de siete votos a favor y cero en contra, la Corte Constitucional dio vía libre al Acto Legislativo que creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).


Sin embargo este alto tribunal estableció algunas modificaciones y condicionamientos. (Lea también: Se frustra de nuevo votación de la JEP en el Senado por falta de quórum)


Explicó la Corte que solamente con el Acta de Sometimiento a la Secretaria de la Jep, los excombatientes podrán participar en política. Sin embargo a futuro, la Jep deberá evaluar la compatibilidad de sanciones con el cargo político que estén ejerciendo en ese momento, si no es compatible, la persona tendrá que salir del cargo en el cual se encuentre.

(Lea también: Congresistas y Gobierno aplauden decisión de la Corte sobre la JEP)

Sobre el polémico artículo 20, la Corte aclaró que las suspensiones de condenas penales se extiende a las inhabilidades disciplinarias, pero aclara la corporación que deberá haber compromiso de sometimiento a la Jep.

Frente a los civiles, el alto tribunal señaló que podrán asistir voluntariamente a la Jurisdicción Especial, lo que implica que serán llamados a declarar como testigos y si hay pruebas contra ellos, se abrirá la respectiva investigación.


La Corte aseguró, además, que el fuero constitucional se mantiene para presidentes, fiscales, magistrados procuradores, contralores y ministros, de modo que estos funcionarios no podrán ser investigados.


El alto tribunal también dejó claro que los miembros de la Fuerza Pública tendrán un tratamiento simétrico en algunos aspectos, y diferenciado en otros.

Al respecto, el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, manifestó: "Sentencia histórica de la Corte Constitucional sobre la JEP reafirma fundamentos del Estado de Derecho y siembra bases de una paz estable y duradera para todos".