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Corte Constitucional deja en firme reforma tributaria

Foto cortesía Corte Constitucional



La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible el estatuto de reforma tributario que había sido tramitado por el Congreso de la República en el año 2014 y que actualmente está rigiendo en el país.

El alto tribunal advirtió en su decisión que no existió ningún vicio de trámite durante la aprobación de la ley, al considerar que los debates estuvieron dentro de lo establecido en el artículo 346 de la Constitución colombiana.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional al controvertir la demanda de varios congresistas del Centro Democrático quienes argumentaron que debía anularse todo lo actuado respecto a esta reforma tributaria, al advertir que esta ley arrancó en el Congreso como una ley de financiamiento con el objetivo de enfrentar el desbalance fiscal que había para el presupuesto del año 2015.

La votación, que fue mayoritaria por parte de los magistrados (8-1), dio vía libre al pago de renta a personas que reciben un salario superior de 3,2 millones de pesos y la extensión del cobro del 4 mil y del impuesto al patrimonio que irá hasta el año 2018.

En esta reforma tributaria el Congreso de la República aprobó la creación de nuevos impuestos permanentes como el de renta para la Equidad (CREE) y el IMAN, que es el impuesto a la renta para las personas naturales que clasifiquen dentro de la categoría de empleados.