Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Corte Constitucional dice que peatones "ancianos" deben cruzar la calle acompañados

Foto: AFP




La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la norma que contempla que los peatones “ancianos” deben estar acompañados por personas mayores de 16 años para cruzar las vías.

Lo que trascendió del alto tribunal es que debe declararse exequible el artículo 59 del Código General de Tránsito, en el cual contempla las limitaciones para los peatones especiales en Colombia; pero ni el Código de Tránsito ni el alto tribunal establece cuál es la edad para catalogar “anciana” a una persona.

Con la decisión de la Corte Constitucional se da vía libre a las advertencias que contiene el Código de Tránsito para los peatones especiales, quienes además de tener derecho, también tienen deberes como éste.

“Los ancianos deben estar acompañadas al cruzar las vías por personas mayores de dieciséis años”, fue la norma que aprobó el alto tribunal.

Esta norma tendría alcance para las consecuencias judiciales que pudieran tener quienes se vean involucrados en un accidente de tránsito, momento en el cual, se establecerá lo advertido en la norma, que debieron estar acompañados por una persona mayor de 16 años al momento de cruzar la calle.

Fuentes consultadas por RCN Radio advierten que esta norma funcionará con el ánimo de advertir que quienes sean "ancianos" deberían estar acompañados al momento de un cruzar una vía, para que no corran el riesgo de sufrir algún accidente que afecte su integridad.

No obstante, la Procuraduría había advertido en su concepto que debía declararse inconstitucional esta expresión (personas ancianas) porque en primera instancia se estaría vulnerando el derecho a la libre circulación, pero además, porque sería ambiguo el concepto de "ancianidad".