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Corte Constitucional discute penas para quienes cometan infanticidio

La Corte Constitucional define si avala o no dos artículos del Código Penal en los que se establecen las penas de 4 y 6 años de prisión para las mujeres que de manera intencionada provocan la muerte a su hijo a los 8 días de nacido, argumentando desórdenes mentales después del parto, lo que se ha tipificado como infanticidio.

Según la legislación, las madres víctimas de violaciones e inseminaciones, sin consentimiento de quienes decidan acabar con la vida de su hijo en los primeros días, no podrían ser condenadas por el delito de homicidio que tendría una pena de hasta 40 años de cárcel.

El Código Penal establece que en estos casos de infanticidio se tipifica este delito (...) que tendría una pena mucho menor, por lo que la Corte Constitucional entrará en debate sobre las penas impuestas a estas personas que provocan la muerte a sus hijos.

Mientras que la ponencia expuesta por la magistrada Martha Sáchica advierte dejar estas penas de acuerdo al delito de 'infanticidio', el Ministerio Público solicitó al alto tribunal que esta conducta sea condenada como un homicidio agravado

La demanda que se interpuso contra estos artículos advierte que se estarían vulnerando los derechos a la igualdad y a la vida, y se estaría en contra del interés superior de los niños en Colombia.

En este tema se centra la Sala Plena de la Corte Constitucional de este miércoles en la cual los magistrados deberán votar a favor o en contra de estos artículos y determinar así si se ajusta a las normas establecidas.