Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Corte Constitucional ordena a Colpensiones no estigmatizar a personas con VIH

La Corte Constitucional le ordenó a Colpensiones que sea diligente con la solicitud de reconocimiento de mesadas pensionales de personas que padecen de VIH, que evite actos discriminatorios y respete la confidencialidad y privacidad de estos colombianos.

Según el alto tribunal la demora en los reconocimientos de pensiones a estos ciudadanos se configura como un acto de discriminación y falta de diligencia de quien necesita su pensión para poder subsistir y enfrentar una enfermedad de esta naturaleza.

Para la Corte Constitucional con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio este tipo de acciones negligentes por parte de Colpensiones afecta los derechos fundamentales de una persona que tiene una condición especial por su enfermedad y que necesita que le resuelvan su situación pensional.

El caso particular que la Corte estudió está relacionado con una mujer quien reclamó la pensión por invalidez de su esposo quien padecía de VIH y se quedó esperando que se la reconocieran y murió después de 5 años de esta solicitud.

Posteriormente la mujer reclamante, alegó que han pasado 7 años sin que haya este reconocimiento de pensión, pero además argumentó la urgencia que tiene para adquirir dicha mesada porque también padece de VIH y se constituyó madre cabeza de familia teniendo a su cargo un menor de 7 años.

La Corte Constitucional encontró que pese a que las solicitudes han sido elevadas en reiteradas ocasiones a Colpensiones, esta entidad no ha contestado los requerimientos, pero tampoco ha dado solución a la afectada.

Se hace necesario tomar una medida drástica frente a la incuria de la Administración en el caso de la familia involucrada, que ha sido desinteresada y apática frente a su sufrimiento. No han bastado las cuatro acciones de tutelas interpuestas, ni los dos incidentes de desacato, ni las tres peticiones para lograr una respuesta de fondo y acorde con la Constitución Política y la ley. En este punto, se recuerda que las consecuencias negativas de la ineficiencia de la administración no pueden trasladarse al pensionado”, señala la sentencia.

Por este hecho la Corte Constitucional hizo un fuerte llamado a Colpensiones para que no realice este tipo de conductas en contra de los afectados y en el caso particular, le ordenó al representante legal de la entidad que pida excusas de forma personal a la familia afectada.

Se exhortará a Colpensiones para que al decidir solicitudes de pensiones de invalidez, sobrevivencia o indemnizaciones sustitutivas presentadas por personas que vivan con el VIH o cuyos seres queridos hayan fallecido a causa de este, evite actos discriminatorios, respete la confidencialidad y privacidad del ciudadano y brinde soluciones oportunas”, advierte el alto tribunal.

De igual forma, reconozca la pensión que esta mujer viene reclamando desde hace 7 años y le otorgue el pago retroactivo de estas mesadas de forma inmediata y exhortó a la Defensoría del Pueblo que realice el acompañamiento para que se cumpla esta sentencia.