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Tumban artículos del Plan de Desarrollo que autorizaban minería en los páramos

Foto: Archivo Ministerio de Ambiente



La Corte Constitucional declaró inexequibles varios artículos del Plan Nacional de Desarrollo, en los que se contemplaban las prórrogas para las concesiones que tenían explotaciones mineras en los páramos delimitados. Por consiguiente, este tipo de contratos tendrán que terminarse.

De igual forma, los magistrados de la Corte Constitucional tumbaron las facultades exclusivas que tenía la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para otorgar los permisos requeridos en la ejecución de los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos conocidos como PINE.

De acuerdo con la Ley 1753 de 2015, quienes tuvieran títulos antes del 2010 podrían mantenerlos, pero con la decisión del alto tribunal, se le cerró la puerta a esa posibilidad.

Según los registros que tiene el Gobierno, antes de febrero del 2010 fueron otorgados 448 títulos en 26 páramos, los cuales deberán suspenderse.

La decisión adoptada por la Corte Constitucional establece que los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos continuarán, pero estarán sujetos a las entidades territoriales y no a través de una sola entidad.

La Corte Constitucional consideró que en estos casos debe prevalecer el interés colectivo sobre el particular, teniendo en cuenta que las concesiones mineras dejan una clara afectación al medio ambiente y al ecosistema.

El alto tribunal determinó que las personas que fueron desplazadas de sus territorios y querían reclamar sus predios dentro de las zonas mineras, podrán hacerlo sin ninguna excepción.

Serían por lo menos 12 millones de hectáreas en zonas estratégicas en el país las que estarían siendo afectadas por la explotación minera.