Corte Suprema advierte que empresas de taxis no están eximidas de indemnizar por accidentes
11 Jun 2016 - 09:05 pm

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó en una sentencia que las empresas de taxis deben responder por los daños causados a una persona y que amerite una posterior indemnización.
Según el fallo del alto tribunal, los conductores de taxis, si bien serían los primeros culpables frente a un accidente causado por ellos, la empresa o el dueño de taxi no está eximido de su responsabilidad.
Para la Corte Suprema los dueños de taxi o de estas empresas "obtienen aprovechamiento financiero como consecuencia del servicio que prestan a los automotores afiliados".
Es por esta razón que la jurisprudencia debe ser aplicable a estas personas con el ánimo de proteger los derechos de quienes resultaren afectados en un accidente de tránsito.
El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al condenar a la Cooperativa de Transportadores Cúcuta Limitada y al dueño de uno de sus taxis a pagar una indemnización de más de 100 millones de pesos a una mujer que fue atropellada cuando se movilizaba en su moto.
En este caso la Corte Suprema consideró que por el hecho de que el vehículo estaba afiliado a esta cooperativa no lo exime de su responsabilidad para poder responder por los daños causados a terceros, independientemente del seguro que tenga la persona.