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Corte Suprema advierte que empresas de taxis no están eximidas de indemnizar por accidentes

Foto: Colprensa - Juan Páez


La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó en una sentencia que las empresas de taxis deben responder por los daños causados a una persona y que amerite una posterior indemnización.

Según el fallo del alto tribunal, los conductores de taxis, si bien serían los primeros culpables frente a un accidente causado por ellos, la empresa o el dueño de taxi no está eximido de su responsabilidad.

Para la Corte Suprema los dueños de taxi o de estas empresas "obtienen aprovechamiento financiero como consecuencia del servicio que prestan a los automotores afiliados".

Es por esta razón que la jurisprudencia debe ser aplicable a estas personas con el ánimo de proteger los derechos de quienes resultaren afectados en un accidente de tránsito.

El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al condenar a la Cooperativa de Transportadores Cúcuta Limitada y al dueño de uno de sus taxis a pagar una indemnización de más de 100 millones de pesos a una mujer que fue atropellada cuando se movilizaba en su moto.

En este caso la Corte Suprema consideró que por el hecho de que el vehículo estaba afiliado a esta cooperativa no lo exime de su responsabilidad para poder responder por los daños causados a terceros, independientemente del seguro que tenga la persona.