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Corte Suprema emite primera condena por pederastia a la Iglesia católica



La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia condenó a la iglesia católica pagar 800 millones de pesos por hechos de 'pederastia' cometidos por un sacerdote en el Líbano, Tolima en 2007.

De acuerdo con la sentencia de la Corte Suprema más allá de la culpabilidad individual de los sacerdotes, se debe responsabilizar patrimonialmente a la Iglesia en su conjunto por permitir que este tipo de actuaciones se presenten al interior de la congregación.

Para la Corte Suprema de Justicia con esta sentencia se pretende sentar una jurisprudencia para que comiencen las acciones en contra de los abusos de menores por parte de los miembros de la iglesia católica.

"En los eventos de acceso carnal violento o acto sexual abusivo cometidos por sacerdotes, no hay duda de que el autor del delito responde penal y civilmente por su acción autónoma; pero puede suceder-y de hecho ocurrió en este caso que se analiza - que el clérigo haya actuado con ocasión de su ministerio , prevalido de su posición de figura pública y respetable, y aprovechando la confianza que los feligreses depositan en la reputación espiritual y moral de su pastor religioso, lo que hace a la diócesis incardinarte directamente responsable por las consecuencias civiles de la conducta punible ejecutada por el sacerdote", señala la sentencia.

Según la jurisprudencia de la Sala Civil con ponencia del magistrado Ariel Salazar Ramírez, no pueden desconocerse las obligaciones de las instituciones cuando se trata de este tipo de delitos que tienen condenas establecidas internacionalmente.

"No hay duda de que el oficio sacerdotal es un encargo público eclesiástico y quien lo desempeña lo hace a nombre de la iglesia a la que pertenece, de manera que la responsabilidad civil derivada del ejercicio abusivo de ese ministerio es institucional de la organización religiosa, por lo que la Iglesia tiene la obligación legal de reparar los daños que un clérigo causa a sus feligreses", advierte la Corte Suprema.

El caso en particular que fue revisado por la Corte Suprema se presentó en esta municipalidad cuando un sacerdote tenía a su cuidado dos niños que eran víctimas de desplazamiento forzoso.

Según las investigaciones y las denuncias del padre de los menores, el sacerdote fue culpable de estos actos de abuso y por ello la justicia lo condenó a pagar 8 años de cárcel.