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Decisión de la Corte Constitucional mantiene en sus cargos a magistrados de más de 65 años

Foto referencial Ingimage




La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó inhibirse sobre la ponencia que buscaba dejar establecida la edad de los 65 años para el retiro forzoso de todos los servidores públicos, incluidos los magistrados de la Corte Constitucional y la Judicatura.

No obstante, con la decisión del alto tribunal, los magistrados Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas Ríos no tendrán que dejar sus cargos, ya que ellos tienen la edad de retiro forzoso que estaba en discusión.

Este debate, que duró por lo menos 3 años en trámite dentro del alto tribunal, pretendía que se diera igualdad para que altos funcionarios públicos se jubilaran a la edad de los 65 años y así no se perpetuaran en sus cargos.

El artículo demandado fue el 31 del Decreto 2400 de 1968 que contempla esta edad de los 65 años como la límite para el retiro forzoso para todos los servidores públicos en el país.

No obstante, esta ley no incluyó a los magistrados de la Corte Constitucional y del Consejo Superior de la Judicatura, pues fueron instituciones del Estado creadas con la Constitución de 1991, diferentes al Consejo de Estado y a la Corte Suprema de Justicia.

Así las cosas la Sala Plena, en la que también participaban dos conjueces, no tuvo en cuenta la ponencia del magistrado Mauricio González Cuervo, quien establecía el principio de igualdad y fijaba que la edad de los 65 años para el retiro forzoso aplicaba a todas las instituciones del Estado.