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Distrito verificará más de 200 puentes para evitar accidentes

Foto: RCN Radio



La administración distrital anunció que verificará más de 200 puentes vehiculares para evitar que automotores de carga impacten las estructuras como se registró el último año en varios puntos de la ciudad.

La Secretaria de Movilidad de la Alcaldía de Bogotá señaló que en las inspecciones preliminares se ha detectado que el 100% de los puentes cuentan con señalización acorde con las alturas máximas permitidas.

Esta información, junto con el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Ministerio de Transporte a los transportadores de carga facilitará la prevención de incidentes en los cuales algunos de estos vehículos quedan atascados a su paso por los puentes, causando daños a la infraestructura o afectando la movilidad de los corredores.

La Secretaria de movilidad ha venido verificando las alturas en ambos sentidos, de los puentes ubicados en los siguientes corredores viales:

• Av. NQS
• Autopista Norte
• Av. Calle 80
• Autopista Sur
• Av. Villavicencio
• Av. Ciudad de Cali
• Av. Calle 13
• Av. Carrera 68
• Av. Boyacá

La inspección se llevará a cabo en los puentes ubicados en puntos de entrada y salida de estos corredores principales bajo la premisa de que un vehículo que pase por dichos puntos puede pasar también por los siguientes puentes intermedios.

La Secretaría Distrital de Movilidad le recordó a las empresas y a los transportadores de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas, que deben cumplir con la Resolución 4959 de 2006 del Ministerio de Transporte y solicitar los permisos correspondientes para transitar por la ciudad con este tipo de carga.

Las sanciones para los vehículos de carga que no cumplan con la normativa del Ministerio de Transporte están contempladas en el Código Nacional de Tránsito, infracción C.22: “Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas sin cumplir con los requisitos exigidos. Además, el vehículo será inmovilizado hasta que se remedie dicha situación”, la cual da lugar a la imposición de una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes o 390 mil 600 pesos.