Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

El senador caldense Mauricio Lizcano radica proyecto de ley que reglamenta las foto-multas

Senador Mauricio Lizcano / Foto RCN La Radio

La implementaciónde este sistema, de forma irregular, ya había sido denunciada por el también parlamentario caldense, Hugo Hernán González

El senador caldense, Mauricio Lizcano Arango, luego de recoger las inquietudes de los usuarios de diferentes vías colombianas, que consideraban lesionados sus intereses, radicó en este órgano legislativo, un proyecto de ley que busca reglamentar el sistema de las foto-multas y establece como obligatorio, el concepto previo para su instalación, lo mismo que para que entre a operar.

De acuerdo con esta iniciativa, los alcaldes y gobernadores estarían obligados a adelantar el trámite previo a su instalación, puesta en funcionamiento y cobro de las respectivas sanciones económicas o camparendos a través de este sistema, que ha sido materia de polémica nacional y de los cuales en Caldas se han montado dos: uno en el puerto de la Dorada y el otro en Chinchiná, como en su momento lo denunció incluso en la propia Camara de Representantes, el también parlamentario caldense, Hugo Hernán González.

Según el congresista Lizcano Arango, La iniciativa determina que los sistemas de foto multas u otros medios tecnológicos de imposición de multas o comparendos que estén operando a la fecha de promulgación de la ley, quedarán automáticamente  suspendidos y no podrán imponer multas o comparendos a los usuarios de las vías, hasta que las entidades territoriales no tramiten el concepto previo y les sea contestado favorablemente.

El proyecto de ley, especifíca en su texto, que el concepto técnico será expedido por la Agencia Nacional de Infraestructura ANI, si las vías son nacionales y por el Ministerio de Transporte, cuando el mecanismo de control vaya a ser instalado en vías cuya jurisdicción dependa directamente de los alcaldes o gobernadores.

Este concepto técnico, deberá reunir criterios como: Las condiciones de seguridad, de infraestructura y estado de la vía; de movilidad de la carretera, en donde su mejoramiento y la descongestión del tráfico vehicular, sean la prioridad y por último, que se ajuste a los límites de velocidad establecidos en la legislación vigente.