Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

El Tribunal Administrativo del Meta condenó en segunda instancia al Estado y al Instituto Nacional de Vías INVIAS

Deben indemnizar a la familia de una mujer que murió aplastada por una grúa cruzando un puente en Barranca de Upía. El monto de la compensación es de 646 millones 800 mil pesos sin contar el pago de un salario de 800 mil pesos a cada uno de los siete miembros dependientes de la fallecida durante el término de la vida probable de ella más 25 años de sus hijos menores

Los magistrados del Tribunal Administrativo del Meta fallaron en segunda instancia a favor de los familiares de la señora Divia Pulido Morales una sentencia en la que se condena al Estado, a través del INVIAS, a pagar una indemnización por daños y perjuicios morales.
Esto debido a hechos ocurridos el día 16 de marzo de 2003. Entonces la señora Divia Pulido Morales, junto con otras personas, se desplazaba en un vehículo Renault 4 Máster, color azul, de placas BAH 210, por la carretera que de Barranca de Upía conduce a Villanueva, Casanare. Cuando estaban por cruzar el puente sobre el río Upía, una estructura metálica utilizada en la construcción del puente, de aproximadamente 40 metros, colapso y cayó encima del vehículo en donde se desplazaba la señora Divia Pulido Morales ocasionándole su muerte de manera instantánea.

Afirma que en la vía no existía ninguna señal sobre el peligro que implicaba la estructura metálica, por lo que los conductores pasaban por el sitio con confianza. La estructura que colapsó hacía parte de una construcción que adelantaba el INVÍAS mediante contrato de obra con la sociedad contratista CONSORCIO EL PROGRESO.

Aunque en primera instancia el Juzgado Sexto Administrativo Civil del Circuito de Villavicencio falló el 17 de noviembre de 2009 a favor del Estado, la defensa apeló ante el Tribunal Administrativo del Meta.

Los magistrados del Tribunal aceptaron el recurso de apelación y fallaron a favor de la familia.

Esto implica que cada uno de los miembros de la familia, compuesta por los padres de la fallecida y los hijos de ella, unas siete personas, recibirá 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes por daños y perjuicios morales; un total de 646 millones 800 mil pesos más un salario de 800 mil pesos a casa miembro durante la vida probable de la señora más 25 años de vida de los hijos menores de ella.